SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL LIMA

Resolución de Intendencia N° 024-024-0007659/SUNAT

(Fecha de publicación 18/12/2009)

Que, de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente TEXWORLD S. R. L. con RUC N° 20521759845, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Habido.

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página web de la SUNAT lo siguiente:

RAZON SOCIAL

RUC

DOCUMENTO N°

NATURALEZA

Código de Tributo o Multa

MONTO S/.

 

PERIODO

TEXWORLD S. R. L.

20521759845

024-180-0036149/SUNAT

Resolución de Intendencia (01 folio)

1011

0.00

Abril 2009 a Mayo 2009

TEXWORLD S. R. L.

20521759845

024-002-0117385

Resolución de Multa (01 folio)

 

6091

90,086.00

 

Abril 2009

TEXWORLD S. R. L.

20521759845

024-002-0117386

Resolución de Multa (01 folio)

 

6091

135,956.00

 

Mayo 2009

TEXWORLD S. R. L.

20521759845

024-002-0117387

Resolución de Multa (01 folio)

 

6075

1,431.00

 

Noviembre 2009

TEXWORLD S. R. L.

20521759845

024-003-0072822

Resolución de Determinación (01 folio)

 

1011

0.00

 

Abril 2009

TEXWORLD S. R. L.

20521759845

024-003-0072823

Resolución de Determinación (07 folios)

 

1011

0.00

 

Mayo 2009

TEXWORLD S. R. L.

20521759845

024-003-0072824

Resolución de Determinación (01 folio)

 

3031

19,478.00

 

Abril 2009

TEXWORLD S. R. L.

20521759845

024-003-0072825

Resolución de Determinación (02 folios)

 

3031

31,771.00

 

Mayo 2009

Por lo tanto, debe apersonarse a recabar los documentos indicados; en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo autorizar a una tercera persona a recabar los citados documentos, para lo cual deberá adjuntar carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.