SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA  

INTENDENCIA REGIONAL LIMA  

Resolución de Intendencia N° 024-024-0013203/SUNAT  

(Fecha de publicación  24/04/2012)  

Que, de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente GARCIA SALINAS GRISELDA NOEMI con RUC N° 10099478905, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Habido.  

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página web de la SUNAT lo siguiente:  

DOCUMENTO N°

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL FOLIOS

0222120002448

Resultado del Requerimiento

2009/12 a 2010/11

03

El contribuyente debe apersonarse a recabar los documentos indicados en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo autorizar a una tercera persona a recabar los documentos indicados, para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.  

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.