SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL LIMA

ANEXO R.I. 023-024-0222633

(Fecha de Publicación en el Diario Oficial El Peruano: 09.08.2012)

Relación de deudores tributarios que no han podido ser notificados conforme a lo dispuesto en el inciso a) ó d) del Art. 104º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, razón por la que en aplicación de lo dispuesto en el segundo párrafo inc. e) del mismo artículo se les notifica por la presente publicación. El contribuyente puede solicitar copia de sus Órdenes de Pago y Resoluciones de Ejecución Coactiva en la mesa de partes ubicada en la Av. Benavides 222 - Miraflores mediante la presentación de un escrito cumpliendo los requisitos establecidos en la sección III Procedimiento 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de SUNAT aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2009-EF.  

Asimismo, cumpliendo con lo indicado en el párrafo precedente, el contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus Órdenes de Pago y Resoluciones de Ejecución Coactiva, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona natural, una carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia del documento de identidad.

En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el Registro Único de Contribuyentes y fotocopia simple de su documento de identidad.  

Asimismo, de corresponder, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

Anexo