SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA  

INTENDENCIA REGIONAL LIMA  

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 024-024-0012083/SUNAT

(Fecha de publicación  27 /01/2012)  

Que, de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente CALONGE MERINO LUIS RICARDO FELIX  con RUC N° 10092782382,  se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Habido.

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del literal e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página Web de la SUNAT, lo siguiente:

DOCUMENTO N°

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL

FOLIOS

0222110008358

Resultado del Requerimiento y Anexo N° 01  

2010/05 a  2011/04

03

0222120000443

 Requerimiento y Anexo N° 01    

2010/05 al  2011/04

03

El contribuyente debe apersonarse a recabar los documentos indicados;  en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N.° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo  autorizar a una tercera persona a recabar los  citados documentos, para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo.  En caso de ser persona jurídica u otro tipo de  contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.