SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL LIMA
ANEXO R.I. 023-024-0215540
Fecha de Publicación en el Diario
Oficial El Peruano: 10.07.2012
Asimismo, cumpliendo con lo indicado en el párrafo
precedente, el contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar sus
Órdenes de Pago y Resoluciones de Ejecución Coactiva, para lo cual deberá
presentar en caso de ser persona natural, una carta de autorización firmada por
el titular del RUC y fotocopia del documento de identidad.
En caso de ser persona jurídica u otro tipo de
contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el
Registro Único de Contribuyentes y fotocopia simple de su documento de
identidad.
Asimismo, de corresponder, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.