SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL LIMA
ANEXO R.I. 023-024-0216444
Fecha de Publicación en el Diario Oficial El Peruano: 23.07.2012
Asimismo,
cumpliendo con lo indicado en el párrafo precedente, el contribuyente puede
autorizar a una tercera persona a recabar sus Órdenes de Pago y Resoluciones de
Ejecución Coactiva, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona
natural, una carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia
del documento de identidad.
En
caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización
del representante legal acreditado en el Registro Único de Contribuyentes y
fotocopia simple de su documento de identidad.
Asimismo,
de corresponder, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio
fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.