SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE  ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

 INTENDENCIA REGIONAL LIMA

           Resolución de Intendencia N° 024-024-0014771/SUNAT

    Fecha de Publicación:  25.07.2012

Que, de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente INDUSTRIA Y COMERCIO TBRGA E.I.R.L. con  RUC N° 20392977440, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Hallado.

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página Web de la SUNAT lo siguiente:

DOCUMENTO Nº

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL FOLIOS

0222120005533

Resultado del Requerimiento y Anexo N° 01

2012/04 AL 2012/05

03

 El contribuyente debe apersonarse a recabar los documentos indicados en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo  autorizar a una tercera persona a recabar los citados documentos, para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.  

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.