SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA  

INTENDENCIA REGIONAL LIMA  

Resolución de Intendencia N° 024-024-0013742/SUNAT  

(Fecha de publicación 08/06/2012)  

Que, de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente BORDA QUISPE LUIS ALBERTO con RUC N° 10075236803, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Habido.

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del literal e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página web de la SUNAT, lo siguiente:

DOCUMENTO N°

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL

FOLIOS

0221120000617

Resultado del Requerimiento

2010/01 a 2010/12

3

0222120001928

Resultado del Requerimiento

2010/01 a 2010/12

2

0222120003917

Requerimiento

2010/01 a 2010/12

3

0222120003918

Requerimiento

2010/01 a 2010/12

8

Por lo tanto, debe apersonarse a recabar los documentos indicados; en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo  autorizar a una tercera persona a recabar los citados documentos, para lo cual deberá adjuntar carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.