SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DEADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

 

INTENDENCIA REGIONAL LIMA

                        Resolución de Intendencia N° 024-024-0012947/SUNAT

 

(Fecha de publicación  02/03/2012)

 

 

Que, de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente INDUSTRIA PLASTICA UNIDA EIRL con RUC N° 20106855677, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Habido.

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del literal e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página Web de la SUNAT, lo siguiente:

 

DOCUMENTO N°

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL

FOLIOS

120023316930-01

Carta

2009/02, 2010/03 y 2010/06

01

0222120001132

Requerimiento y Anexo N° 01

2009/02, 2010/03 y 2010/06

03

 

El contribuyente debe apersonarse a recabar los documentos indicados; en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo  autorizar a una tercera persona a recabar los citados documentos, para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

 

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.