SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL LIMA
ANEXO R.I. N° 023-024-0186531
Relación
de deudores tributarios que no han
podido ser notificados conforme a lo dispuesto en el
inciso a) ó d) del Art. 104º del Texto Unico Ordenado del Código
Tributario aprobado por el Decreto
Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, razón por la que en
aplicación de lo dispuesto en el segundo párrafo inc. e) del mismo artículo
se les notifica por la presente publicación. El contribuyente puede solicitar
copia de sus Órdenes de Pago y Resoluciones
de Ejecución Coactiva en la
mesa de partes ubicada en la Av. Benavides 222 - Miraflores mediante
la presentación de un escrito cumpliendo los requisitos establecidos en
la sección III Procedimiento 11 del
Texto Unico de Procedimientos Administrativos de SUNAT aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 057-2009-EF.
Asimismo,
cumpliendo con lo indicado en el párrafo precedente, el contribuyente puede
autorizar a una tercera persona a recabar sus Órdenes de Pago y Resoluciones de
Ejecución Coactiva, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona
natural, una carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia
del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de
contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el
Registro Único de Contribuyentes y fotocopia simple de su documento de
identidad.
Asimismo, de corresponder, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.