SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA  

INTENDENCIA REGIONAL LIMA  

Resolución de Intendencia N.° 024-024-0013241/SUNAT  

(Fecha de publicación  09/05/2012)  

Que, de acuerdo a la a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente  al Comprobante de Información Registrada del contribuyente OLIVARES TAIPE HUBER JUVENCIO con RUC N° 10062663362, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Habido.  

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del literal e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página web de la SUNAT lo siguiente:  

DOCUMENTO N°

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL FOLIOS

100023278930-04

 Carta 

200801 al 200812

01

El contribuyente debe apersonarse a recabar el documento indicado; en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo  autorizar a una tercera persona a recabar el  documento indicado, para lo cual deberá adjuntar carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.  

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.