SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL LIMA  

Resolución de Intendencia N° 024-024-0013275/SUNAT  

(Publicado en el Boletín del Diario Oficial El Peruano el 10.05.2012)

Que, de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente OROZCO QUINONES JULIO GERARDO con RUC N° 10082332125, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de Habido, sin embargo, de la verificación efectuada al domicilio fiscal declarado, ubicado en Av. Camino Real Nro. 1190 Int. 9 - Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, se tiene que  no es posible acceder al interior del edificio.  

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página web de la SUNAT y el Diario Oficial El Peruano lo siguiente:  

DOCUMENTO N°

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL FOLIOS

120023317728-02

Carta

2007/01 a 2007/12

01

0222120002849

Requerimiento

2007/01 a 2007/12

02

El contribuyente debe apersonarse a recabar los documentos indicados en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo autorizar a una tercera persona a recabar dicha documentación para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.  

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.