SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA  

INTENDENCIA REGIONAL LIMA  

Resolución de Intendencia N° 024-024-0016837/SUNAT  

(Fecha de publicación 06/11/2012)  

Que, de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente QUISPE YUCRA LEONARDO JUAN con  RUC N° 10074896397, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Habido.  

Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página Web de la SUNAT lo siguiente:  

DOCUMENTO Nº

NATURALEZA

PERIODO

TOTAL FOLIOS

120023359232-01

 Carta

2011/03 a 2011/04

01

0222120016015

 Requerimiento y Anexo N° 01

2011/03 a 2011/04

03

El contribuyente debe apersonarse a recabar los documentos indicados en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, cuyo plazo vence el tercer (3er.) día hábil siguiente de efectuada la presente publicación, pudiendo  autorizar a una tercera persona a recabar dicha documentación para lo cual deberá adjuntar, carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.  

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.