SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA  

Intendencia Regional Lima  

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 024-024-0016971/SUNAT  

(Fecha de publicación  13 / 11 /2012)

Que, de acuerdo con la información contenida en los sistemas de la SUNAT correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente CSM MINISTRIES PERU con RUC N° 20510372353, se ha verificado que el referido contribuyente tiene la condición de No Habido.

Que, por tal motivo en aplicación de lo dispuesto en el numeral 2) del literal e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le notifica por publicación en la página web de la SUNAT, lo siguiente:

NATURALEZA

DOCUMENTO N°

PERIODO

Folios

 

Requerimiento  y Anexo

0222120016280

2005/01 a 2007/12

02

Por lo tanto, debe apersonarse a recabar los documentos indicados; en Mesa de Partes de la Intendencia Regional Lima, ubicada en la Av. Benavides N° 222 – Primer Piso - Miraflores, pudiendo  autorizar a una tercera persona a recabar los citados documentos, para lo cual deberá adjuntar carta de autorización firmada por el contribuyente y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal sellada por la empresa y fotocopia del RUC de la misma.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.