SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL LIMA
RESOLUCIÓN
DE INTENDENCIA N° 024-024-0017110/SUNAT
(Fecha
de publicación 21/11/2012)
Que,
de acuerdo a la información contenida en los sistemas de la SUNAT
correspondiente al Comprobante de Información Registrada del contribuyente NEGOCIACIONES MULTIPLES ROAR E.I.R.L. con RUC N.° 20538156699, se ha verificado que el referido
contribuyente tiene la condición de No Habido.
Que, por tal motivo en aplicación a lo dispuesto en el numeral 2) del
literal e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario
aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, se le
notifica por publicación en la página Web de la SUNAT, lo siguiente:
DOCUMENTO
N° |
NATURALEZA |
PERIODO |
TOTAL
FOLIOS |
0222120016106 |
Resultado
del Requerimiento y Anexo N° 01 |
2011/01
a 2011/12 |
03 |
Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.