SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL LIMA
ANEXO R.I. 023-024-0233391
(Fecha de Publicación en el Diario Oficial El Peruano:
11.09.2012)
Asimismo, cumpliendo
con lo indicado en el párrafo precedente, el contribuyente puede autorizar a
una tercera persona a recabar sus Órdenes de Pago y Resoluciones de Ejecución
Coactiva, para lo cual deberá presentar en caso de ser persona natural, una
carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia del documento
de identidad.
En caso de ser persona
jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante
legal acreditado en el Registro Único de Contribuyentes y fotocopia simple de
su documento de identidad.
Asimismo, de corresponder, dichos contribuyentes deberán informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.
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