SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA
REGIONAL PIURA
(Fecha
de Publicación : 03/11/2008)
Piura,
29 de Octubre de 2008
Visto
la Resolución de Intendencia No. 084-024-0000619/SUNAT y su Anexo No. 01,
notificada el día 29/10/2008, al contribuyente MORE CASTILLO LUIS ALBERTO con
RUC No. 10026173898 y domicilio fiscal en Calle Cuzco, Nro. 549, distrito
y provincia y departamento de Piura, mediante la publicación en la página web
de la Administración Tributaria, al ser un contribuyente con condición de No
habido y conforme a lo dispuesto en el inciso e) del artículo No. 135-99-EF y
modificatorias.
CONSIDERANDO:
Que,
el numeral 2) del artículo 108° del Texto Único Ordenado del Código
Tributario aprobado por Decreto Supremo No. 135-99-EF y normas modificatorias,
concede a la Administración Tributaria la facultad de revocar o modificar o
sustituir o complementar sus actos cuando detecte que se han presentado
circunstancias posteriores a su emisión que demuestran su improcedencia o
cuando se trate de errores materiales, tales como los de redacción o cálculo.
Que,
la División de Auditoria de la Intendencia Regional Piura notificó la Resolución
de Intendencia No. 084-024-000619/SUNAT y su Anexo No. 01, el día 29/10/2008,
al contribuyente MORE CASTILLO LUIS ALBERTO con RUC No. 10026173898, mediante la
publicación en la página web de la Administración Tributaria, al ser un
contribuyente con condición de No habido y conforme a lo dispuesto en el inciso
e) del artículo No. 135-99-EF y modificatorias.
Que,
del análisis realizado por la División de Auditoria de la Intendencia Regional
Piura, se ha determinado la existencia de error material de redacción en el
Anexo No. 01 que forma parte de la Resolución de Intendencia No.
084-024-000619/SUNAT, al haberse consignado “Anexo 1 de la Resolución de
Intendencia No. 084-024-0000537/SUNAT”, debiendo decir “Anexo 1 de la
Resolución de Intendencia No. 084-024-0000619/SUNAT”, además de señalarse
en el referido Anexo 1 como No. de documento el “0822080000619” debiendo ser
el “0822080000661” y en descripción del motivo: “Se comunica el resultado
detallado de la información requerida mediante requerimiento No.
0822080000619” debiendo decir “Se comunica el resultado detallado de la
información requerida mediante requerimiento No. 0822080000661”
En
uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo No. 501 Ley General
de la SUNAT, Ley No. 27444, Decreto Supremo No. 115-2002-PCM y en ejercicio de
la facultad de delegación de firmas señalada en el artículo 72° de la Ley
del Procedimiento Administrativo General.
SE RESUELVE:
Artículo
Único.– MODIFIQUESE la
redacción del Anexo No. 01 que forma parte de la Resolución
de Intendencia No. 084-024-000619/SUNAT, según lo que se señal a continuación:
Dice
: “Anexo
1 de la Resolución de Intendencia No. 084-024-0000537/SUNAT”
Debe
decir
: “Anexo
1 de la Resolución de Intendencia No. 084-024-0000619/SUNAT”
Resolución de Intendencia No. 084-019-0000127
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Notifíquese al interesado, regístrese, comuníquese y archí