SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

INTENDENCIA REGIONAL PIURA

Resolución de Intendencia N° 084-024-0003575/SUNAT

(Fecha de publicación 21/07/2014)

Relación de los deudores tributarios a quienes, conforme a lo dispuesto en el inciso e) del articulo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF, se les notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar los documentos mencionados en el anexo adjunto a la presente Resolución, en las instalaciones de la Oficina de la Intendencia Regional Piura, sito en Calle Callao N° 860, Distrito, Provincia  y Departamento de Piura.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar los referidos documentos, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad.  En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.  

NATURALEZA

N° DE DOCUMENTO

N° DE RUC

CONTRIBUYENTE

PERÍODO

TRIBUTO

FECHA DE CITA/FECHA DE CIERRE

OBSERVACIONES

MOTIVO

01

CIERRE DE ESQUELA REQUERIMIENTO REITERATIVO

214082043228-02

20539762045

INVERSIONES Y COMERCIOS PAKATNAMU S.A.C.

ENERO 2013 A  DICIEMBRE 2013

IGV

 

IGV DEBAJO DEL PROMEDIO DEL SECTOR

(1)

02

ESQUELA

214082044380

20526636440

INVERSIONES GLAP S.R.L - GLAP S.R.L

EJERCICIO 2013

RENTA

31/07/2014 15:00 HORAS

 

(1)

(1) Los deudores tributarios podrán recabar los mencionados documentos que se mencionan en las instalaciones de la Intendencia Regional Piura sito en la Calle Callao Nro. 860 - Piura.