SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

 

INTENDENCIA REGIONAL PIURA

 

Resolución de Intendencia N° 084-024-0005278/SUNAT

(Fecha de publicación 03/07/2017)

 

El deudor tributario, INGENIERIA MONTAJE ELECTROMECANICO Y SERVICIOS GENERALES S.R.L. identificado con RUC N° 20525585141 a quien, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del inciso e) del artículo 104° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo N° 133-2013-EF y normas modificatorias, se le notifica por la presente publicación, debiendo apersonarse a recabar el Requerimiento N° 0822170000410 en las instalaciones de la Oficina de la Intendencia Regional Piura sito en Av. Grau N° 1006, esquina con la Av. San Martín N° 336-386 Sub Lote A, distrito, provincia y departamento de Piura.

El contribuyente puede autorizar a una tercera persona a recabar el referido documento, para lo cual deberá presentar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el titular del RUC y fotocopia simple del documento de identidad. En caso de ser persona jurídica u otro tipo de contribuyente, carta de autorización del representante legal acreditado en el RUC y fotocopia simple de su documento de identidad.

Asimismo, dicho contribuyente deberá informar su nuevo domicilio fiscal a través del formulario 2127 cumpliendo los requisitos correspondientes.

 

 

NATURALEZA

N° DE DOCUMENTO 

N° DE RUC

CONTRIBUYENTE

PERÍODO

TRIBUTO

FECHA Y HORA CITA

OBSERVACIONES

MOTIVO

1 REQUERIMIENTO 0822170000410 20525585141 INGENIERIA MONTAJE ELECTROMECANICO Y SERVICIOS GENERALES S.R.L.  ENERO 2012 A DICIEMBRE 2015 1004 06/07/2017 Hora: 09:30 Tipo de fiscalización  : Fiscalización Definitiva
Tributo a fiscalizar:  1004-Aportaciones y Contribuciones RCSS (Essalud), SNP (ONP), Imp. Renta 5ta. Cat
(1), (4)
                   
(1) Los deudores tributrarios podran recabar los mencionados documentos, en las instalaciones de la Intendencia Regional Piura sito en Av. Grau N° 1006, esquina con la Av San Martín N° 336-386 Sub Lote A - Piura.
(2) Se presenta a los funcionarios de la División de Auditoría de la Intendencia Regional Piura, quienes efectuaran la intervención fiscal de acuerdo al requerimiento publicado en esta resolución.
(3) Se comunica el resultado detallado de la información solicitada.
(4) Se requiere información del periodo y tributo fiscalizado.