Devolución del Saldo a Favor del Impuesto a la RENTA a través de Internet

Al presentar su PDT 661 de Renta Anual 2008, inmediatamente, podrá presentar su solicitud de devolución con total confianza y seguridad, a través de la Internet.

Con este nuevo servicio se beneficiará a todas las personas que hubieran obtenido rentas distintas a las de Tercera Categoría –como alquileres, ganancias por venta no habitual de inmuebles, honorarios por el ejercicio independiente de su profesión, entre otros– durante el año pasado y que determinen saldos a su favor en su PDT 661.

Pasos:

  1. Presentar el PDT N° 661 – Otras Rentas de Personas Naturales (Renta 2008) por Internet y marcar la opción "Devolución" en el rubro saldo a favor.
  2. Luego de enviar la declaración ingresar al enlace "Solicitud de Devolución" que le mostrará el sistema y los datos que el sistema solicita.
  3. Luego de presentar la solicitud, el sistema validará el trámite, generando de manera automática la constancia de presentación de la solicitud de devolución, la que se podrá imprimir o archivar de manera virtual.

Nota:

Si presentó con anterioridad (a la implementación de este sistema) la devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2008, no podrá utilizar esta opción.