OFICIO No. 072-97-I20000
Lima, 23 ABR. 1997
Señor
Ref.: Oficio N° 280-CRR-97
Es grato dirigirme a usted, en atención al documento de la referencia, mediante el cual consulta si las subvenciones económicas que se otorgan al Personal Docente y Administrativo de la Universidad se encuentran gravadas con ei Impuesto a la Renta, teniendo en cuenta los reclamos que se vienen recibiendo.
Sobre el particular, cabe manifestarle que de conformidad con el artículo 93° del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo N° 816, sólo podrán formular consultas motivadas sobre el sentido y alcance de las normas tributarias, las entidades representativas de las actividades económicas, laborales y profesionales, así como las entidades del Sector Público Nacional. Asimismo, dicho artículo dispone que las consultas que no se ajusten a lo antes establecido serán devueltas no pudiendo originar respuesta del órgano administrador ni a título informativo.
En el presente caso, dado que su consulta no reúne los requisitos señalados en el párrafo precedente, al no tratarse de una consulta sobre el sentido y alcance de las normas que implique la interpretación de la legislación tributaria, sino su aplicación a un caso concreto, nos encontramos imposibilitados de atender- la misma.
No obstante, es del caso mencionar que en aplicación del artículo 84° del citado Código Tributario, pueden acercarse a nuestras oficinas de Atención al Contribuyente a fin que se le proporcione información verbal sobre el tema consultado.
Es propicia la ocasión para expresarle los sentimientos de mi mayor consideración.
Atentamente,
MAURICIO MUÑOZ-NAJAR BUSTAMANTE
INTENDENTE
INTENDENCIA NACIONAL JURICIA