OFICIO N° 026-98-I2.2000
Lima, 24 de marzo de 1998.
Señor
JUAN FRANCISCO RAFFO
Presidente de Directorio de la
Sociedad Nacional de Exportadores
Presente.-
Asunto : Duty Free - Aplicación del IGV.
Ref. : Carta N° 001-97-SNE
Carta C. N° 502/97/GG/SNE
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en relación con los documentos de la referencia, mediante los cuales consulta respecto al trato tributario que da el IGV a las ventas que realizan los establecimientos ubicados en la zona internacional de los Aeropuertos de la República a los viajeros o pasajeros, si las mismas podrían ser consideradas como exportaciones, ventas no gravadas, o si caen en alguna otra categoría.
Al respecto, cabe indicarle que mediante Decreto Supremo N° 010-98-EF publicado el 24.02.1998, se ha precisado que la venta de bienes que se realiza en los establecimientos ubicados en la zona internacional de los aeropuertos de la República constituyen operaciones de exportación para efecto del Impuesto General a las Ventas.
Es propicia la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal.
Atentamente,
ORIGINAL FIRMADO POR
PATRICIA PINGLO TRIPE
MAC/
A0258D8