OFICIO N° 026-98-I2.2000

Lima, 24 de marzo de 1998.

 

Señor

JUAN FRANCISCO RAFFO

Presidente de Directorio de la

Sociedad Nacional de Exportadores

Presente.-

Asunto : Duty Free - Aplicación del IGV.

Ref. :         Carta N° 001-97-SNE

              Carta C. N° 502/97/GG/SNE

Tengo el agrado de dirigirme a usted, en relación con los documentos de la referencia, mediante los cuales consulta respecto al trato tributario que da el IGV a las ventas que realizan los establecimientos ubicados en la zona internacional de los Aeropuertos de la República a los viajeros o pasajeros, si las mismas podrían ser consideradas como exportaciones, ventas no gravadas, o si caen en alguna otra categoría.

Al respecto, cabe indicarle que mediante Decreto Supremo N° 010-98-EF publicado el 24.02.1998, se ha precisado que la venta de bienes que se realiza en los establecimientos ubicados en la zona internacional de los aeropuertos de la República constituyen operaciones de exportación para efecto del Impuesto General a las Ventas.

Es propicia la oportunidad para reiterarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal.

 

Atentamente,

 

ORIGINAL FIRMADO POR

PATRICIA PINGLO TRIPE

 

MAC/

A0258D8

IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS-EXPORTACION-DUTY FREE