SUMILLA: No existe la obligación de los notarios de presentar por el ejercicio 1998, la Declaración Anual de Notarios o en su caso la Constancia de no tener información a declarar.
OFICIO N° 048-2000-KC0000
Lima, 15 de mayo del 2000
Señora
LINA AMAYO MARTINEZ
Decana del Colegio de Notarios de La Libertad
Trujillo.-
Ref. : Carta de 23.3.2000
Es grato dirigirme a usted en atención al documento de la referencia, mediante el cual consulta si en virtud de la sustitución efectuada por el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 038-2000/SUNAT a la Segunda y Tercera Disposiciones Transitorias del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Notarios, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 138-99/SUNAT, se deja sin efecto, por el ejercicio 1998, la obligación de los notarios a presentar la Declaración Anual o la Constancia de no tener información a declarar.
Al respecto cabe manifestarle lo siguiente:
Asimismo la Tercera Disposición Transitoria de la referida norma señalaba que por el ejercicio 1999, los notarios debían presentar la mencionada Declaración o en su caso la Constancia correspondiente, durante el ejercicio 2000, de acuerdo con el cronograma que para tal efecto publique la SUNAT.
En efecto, en el nuevo Texto sólo se hace referencia a la obligación de los notarios de presentar por el ejercicio 1999, la Declaración o la Constancia de no tener información que declarar, según sea el caso, desde el 3.4.2000 hasta las fechas de vencimiento que se señalan en el anexo del Reglamento, el cual también ha sido sustituido mediante el artículo 5° de la Resolución de Superintendencia N° 038-2000/SUNAT.
Como se puede apreciar de lo indicado en los párrafos precedentes, ya no existe la obligación de los notarios de presentar por el ejercicio 1998, la Declaración Anual de Notarios o en su caso la Constancia de no tener información a declarar.
Es propicia la ocasión para manifestarle los sentimientos de mi mayor consideración y estima.
Atentamente,
ORIGINAL FIRMADO POR:
MONICA PATRICIA PINGLO TRIPE
Gerente de Dictámenes Tributarios
RMT
XXI. A0312-D0
Código Tributario. Declaración Anual de Notarios