SUMILLA:

Respecto del IVAP, mediante el Informe N° 094-2004-SUNAT/2B0000, esta Superintendencia ha emitido pronunciamiento sobre la afectación con dicho Impuesto a la venta en territorio nacional del arroz pilado importado.

En cuanto a la Resolución de Superintendencia N° 134-2004/SUNAT, mediante dicha norma se establecen disposiciones relacionadas con la declaración y pago del referido Impuesto, no modificando de modo alguno el ámbito de aplicación del mismo, el cual se encuentra regulado por la Ley de creación del IVAP.

 

CARTA N° 023-2004-SUNAT/2B0000

Lima, 12 de agosto del 2004

Señor
Francisco Chávez Murga
Gerente Administrativo de la Cámara de Comercio de Lima

Presente

Ref. : Carta GG/034-04/GL

De mi consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a usted, en relación con el documento de la referencia, mediante el cual efectúa la siguiente consulta relacionada con el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado – IVAP(1): ¿Tratándose de importadores que revenden en el mercado local el producto importado, la afectación con el IVAP se producirá tanto en la importación como en su posterior primera venta en el país; o si en estos casos, sólo la importación resultaría afecta con el IVAP?.

Al respecto, adjunto a la presente remitimos para conocimiento, copia del Informe N° 094-2004-SUNAT/2B0000, mediante el cual esta Superintendencia emitió pronunciamiento sobre el tema materia de consulta.

Ahora bien, en cuanto a la Resolución de Superintendencia N° 134-2004/SUNAT(2), debe tenerse en consideración que mediante dicha norma se establecen disposiciones relacionadas con la declaración y pago del referido Impuesto, no modificando de modo alguno el ámbito de aplicación del mismo, el cual se encuentra regulado por la Ley de creación del Impuesto materia de consulta.

Es propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima.

Atentamente,

Original firmado por
CLARA URTEAGA GOLDSTEIN
Intendente Nacional Jurídica


(1) Creado por la Ley N° 28211, publicada el 22.04.2004
(2)
Publicada el 7.6.2004

 

 

 

 

 

Se adjunta : Copia del Informe N° 094-2004-SUNAT/2B0000 (02 folios).
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A446D4
IVAP-ámbito de aplicación

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