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                            | Asunto:
                              Modificación del
                             Procedimiento INAR-PG.03 Ingreso, Almacenamiento e Inventario 
							de Mercancías   | 
                           
                          
                            | Nº Resolución:    0100 /
                              2004 | 
                            F. Vigencia:       
                              11.03.2004 | 
                           
                          
                            | F. Publicación:   
							10.03.2004 | 
                            F. Derogación:    | 
                           
                         
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                      	Sección VII, Rubro D, Numeral 1 incisos del a) al f)  | 
                     
                   
                 
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                        D. DEL INVENTARIO 
						1. PROGRAMACION 
						a) El inventario físico de mercancías, como 
						medida de control interno, permite conocer en detalle y 
						valor, la mercancía, a nivel de todo el almacén, así 
						como sustentar el saldo contable, por lo que el personal 
						designado debe proceder a tomarlo de acuerdo a la 
						siguiente indicación:  
						 
						-Inventario general, al finalizar cada ejercicio 
						presupuestal. 
						El 31 de diciembre se debe generar el listado del 
						inventario general de mercancías y dar inicio al 
						inventario físico. 
						-Inventario parcial, selectivo o dirigido, cuando 
						lo disponga el jefe del almacén o el intendente, por lo 
						menos, dos veces al año; independiente de las acciones 
						de control que realice la Oficina de Auditoria Interna 
						(OAI). 
						 
						b) El jefe de almacén debe elaborar el Plan de 
						Trabajo del inventario físico que comprende en forma 
						detallada cada una de las actividades y tareas, personal 
						requerido, entrenamiento, material logístico y 
						cronograma de ejecución, el mismo que debe ser aprobado 
						por el Intendente. 
						 
						c) Asimismo, debe prever y cautelar, que el 
						personal que hace el inventario esté debidamente 
						capacitado, asegurándose de su cabal entendimiento y 
						comprensión y que ha recibido el referido entrenamiento, 
						así como la entrega de cartillas de instrucciones, antes 
						de iniciarse la acción administrativa.
						 
						 
						d) El Jefe de almacén dispone la conformación de 
						los grupos de trabajo necesarios, de acuerdo al volumen 
						de la mercancía a inventariarse. Estos deben estar 
						integrados por especialista u oficiales en aduanas, 
						técnicos, digitadores y auxiliares, de preferencia, con 
						conocimiento y/o experiencia en la materia, siendo 
						conveniente la necesidad de fijar con anticipación el 
						perfil idóneo de dichos trabajadores. 
						El personal seleccionado para el inventario debe 
						ser independiente de aquel que efectúa el registro y 
						manejo de las mercancías. La supervisión selectiva debe 
						estar a cargo del jefe de almacén y de personal 
						designado por la INAR. 
						 
						e) El Jefe de almacén dispone la separación de la 
						mercancía en proceso de inventario, de la que, por la 
						dinámica de su movimiento, ingresa con fecha posterior 
						al cierre del inventario. 
						 
						f) Previamente a la emisión de los listados que 
						genera el Módulo, el jefe de almacén debe tener la 
						certeza que la información a emitirse comprende el 
						movimiento total de la mercancía, para lo cual, bajo su 
						estricta responsabilidad debe verificar permanentemente 
						el registro y actualización de las operaciones. | 
                     
                   
                 
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                      	D. DEL INVENTARIO 
						1. PROGRAMACION 
						a) Eliminado 
						 
						b) Eliminado 
						 
						c) Eliminado 
						 
						d) Eliminado 
						 
						e) Eliminado 
						 
						f) Eliminado | 
                     
                   
                 
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                      	Sección VII, Rubro D, Numeral 2 incisos del a) al f)  | 
                     
                   
                 
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                        2. EJECUCION 
						a) El jefe de almacén, solicita al operador de 
						sistemas o al personal designado para tal efecto, la 
						generación del Inventario de almacén en el Módulo y la 
						emisión de los formatos de inventario de almacén 
						correspondientes, los que deben ser entregados a los 
						jefes de grupo, para su distribución entre el personal 
						designado, de acuerdo a las instrucciones sobre la toma 
						del inventario físico. 
						 
						b) El jefe de almacén o persona delegada, asigna 
						a cada grupo de trabajo las zonas de inventario, los 
						cuales realizan directamente la toma de inventario, 
						abarcando la totalidad de las zonas internas, externas y 
						restringidas, siguiendo un orden lógico y secuencial, 
						según la ubicación de las mercancías. 
						 
						c) Durante la toma del inventario, el personal 
						designado confronta los datos que figuran en el formato 
						impreso con las mercancías ubicadas en el almacén y 
						verifica su conformidad, anotando, de no haberse 
						consignado, sus características técnicas y referenciales 
						en cuanto a la cantidad (total o saldos) peso, 
						descripción, marca, modelo, serie, estado (nueva, usada, 
						en mal o buen estado) y ubicación y otros datos. De 
						encontrarse conforme se marcará el check correspondiente 
						o de encontrarse diferencias, se hacen las anotaciones 
						respectivas en el mismo formato con lapicero de tinta 
						líquida. 
						 
						d) Terminada la verificación física, el formato 
						de inventario es suscrito por el personal que intervino 
						y se procede a colocar en la mercancía o en el bulto que 
						las contenga, una etiqueta autoadhesiva "INVENTARIO - 
						FECHA: ---". 
						El jefe de grupo remite los formatos de 
						Inventario al personal designado que lo registra en el 
						módulo para su procesamiento y emisión del listado de 
						inventario. 
						 
						e) Posteriormente, los resultados deben ser 
						confrontados de manera selectiva - un mínimo del 1% del 
						stock - con los registros de ingreso de mercancía (acta 
						o manifiesto), como parte del proceso de 
						consistenciación respectiva. 
						 
						f) De existir diferencias, deben ser comunicadas 
						al jefe de grupo para su análisis y recuento. De 
						persistir éstas, se anotan en el rubro “observaciones” 
						del formato, debiendo verificarse la documentación 
						original o fuente, agotando por seguridad, todos los 
						medios que permitan el registro y control en el Módulo. 
						De ubicarse parte o la totalidad de la mercancía 
						faltante, debe practicarse los ajustes correspondientes 
						con autorización del jefe del almacén, luego de lo cuál, 
						el personal designado efectúa el cierre del inventario 
						en el Módulo, generándose automáticamente el listado 
						“Relación de ajuste de Inventario”. | 
                     
                   
                 
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                      	2. EJECUCION 
						a) Eliminado 
						 
						b) Eliminado 
						 
						c) Eliminado 
						 
						d) Eliminado 
						 
						e) Eliminado 
						 
						f) Eliminado | 
                     
                   
                 
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                      	Sección VII, Rubro D, Numeral 3 incisos del a) al l)  | 
                     
                   
                 
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                        3. RESULTADOS 
						a) El inventario físico debe culminar a más 
						tardar el 15 de enero del año siguiente al vencimiento 
						del ejercicio presupuestal anterior, debiéndose prever 
						la programación del inventario con la debida 
						anticipación.  
						 
						b) Si concluidas las acciones señaladas y 
						teniendo la seguridad que el resultado del inventario es 
						consistente y confiable, se determina la existencia de 
						mercancías faltantes, el Intendente de Aduana de 
						conformidad con el Procedimiento PP-PG.01, efectúa la 
						denuncia ante la dependencia policial del sector en el 
						término de 24 horas de conocido el hecho, y lo comunica 
						a la Intendencia Nacional de Administración y 
						Recaudación Aduanera para los efectos de la cobertura 
						del seguro respectivo. 
						 
						c) Sin perjuicio de ello, el jefe de almacén, 
						realiza las acciones correspondientes, para determinar 
						las responsabilidades administrativas por las mercancías 
						faltantes, dando cuenta de los resultados a la Oficina 
						de Auditoría Interna. 
						De igual manera, luego de coberturada la pérdida, 
						dispone la emisión de la respectiva Acta por la 
						mercancía faltante, a fin de proceder a la baja 
						correspondiente. De existir diferencias no cubiertas por 
						el seguro, el jefe de recaudación proyecta la 
						resolución, para su aprobación por el Intendente, a fin 
						de proceder al castigo contable. 
						 
						De existir mercancías sobrantes, el personal 
						designado ingresa la información correspondiente en el 
						Módulo identificándola como sobrante, a fin de hacer los 
						extornos en caso de corresponder emitiendo el acta de 
						recepción y el informe, dando cuenta de dicha 
						incidencia. 
						 
						d) El jefe de almacén informa al intendente 
						dentro del término de cinco días de vencido el plazo 
						señalado en el numeral C.3.a) del presente rubro, sobre 
						el resultado del inventario físico, dando cuenta de las 
						acciones realizadas así como de su evaluación y 
						conclusiones.  
						Dicho Informe, el Inventario físico y las notas 
						contables respectivas son remitidas al área de 
						recaudación para su conciliación e integración con la 
						información contable y posterior remisión a la INAR. 
						 | 
                     
                   
                 
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                      	3. RESULTADOS 
						a) Eliminado 
						 
						b) Eliminado 
						 
						c) Eliminado 
						 
						d) Eliminado 
						 
						e) Eliminado 
						 
						f) Eliminado 
						 
						g) Eliminado 
						 
						h) Eliminado 
						 
						i) Eliminado 
						 
						j) Eliminado 
						 
						k) Eliminado 
						 
						l) Eliminado 
						 
						 
						 
						 
						
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                              cambio de versión) :
                                 
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                              | Resolución:   
								RSNAA-100-2004 | 
                             
                            
                              | Procedimiento:   
								INAR-PG.03 V1 Ingreso, Almacenamiento e 
								Inventario de Mercancías | 
                             
                           
                         
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                              | Observaciones : 
								Se deja sin efecto lo 
								dispuesto en el Rubro D de la Sección VII del 
								Procedimiento INAR-PG.03, relacionado con el 
								Inventario en sus etapas de Programación, 
								Ejecución y Resultados. | 
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                              | Responsable/Procedimiento :           
								Luis Marín Galvez | 
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                              | Responsable/Control Electrónico:    
								Carmen Larrauri Prialé | 
                               | 
                              Fecha y Hora: 22/10/2001  
                               12:12:49 p.m.  | 
                             
                           
                         
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