Callao, 18 OCT. 2000
CIRCULAR N°
INTA-CR.131
Señor Intendente de la Aduana Presente.-
ASUNTO :
Tramitación de Notas
Protocolares
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Estando a lo dispuesto por la Superintendencia Nacional de Aduanas,
relativo al mejoramiento continúo de los servicios, simplificación y
agilización de los trámites aduaneros, y de acuerdo a la delegación de
funciones conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas
No. 01322 del 16.12.99; sírvase tener presente y hacer de conocimiento al
personal de esa Intendencia lo siguiente:
1. A
partir del 23 de Octubre del año en curso, las Notas Protocolares, emitidas por la
Dirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones
Exteriores, autorizando la exoneración de tributos de importación a favor de
los funcionarios extranjeros de Misiones Diplomáticas y Consulares,
Representaciones y Oficinas de Organismos Internacionales, serán atendidas
directamente por las Intendencias de Aduanas Operativas, sin requerir de
emisión de Resolución de Intendencia.
2. Para
tal efecto, el usuario presentará ante la División de Importación,
conjuntamente con la Declaración Unica de Aduanas o Declaración Simplificada,
según corresponda, la siguiente documentación:
a) Nota Protocolar de la Dirección de Privilegios e Inmunidades del
Ministerio de Relaciones Exteriores. b) Copia de la
Guía Aérea, Conocimiento de Embarque, Carta Porte o Aviso Postal visado por la
Dirección de Privilegios de Inmunidades del Ministerio de Relaciones
Exteriores. c) Copia de la Factura Comercial u
documento otorgado por los Organismos correspondientes y visados por la
Dirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
3. Las Intendencias de Aduana,
aplicarán el procedimiento establecido en el INTA-PG.01 o INTA-PE.01.01, según
sea el caso.
Atentamente,
MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente
Nacional de Técnica Aduanera
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