Callao, 08.SET.2000
CIRCULAR
Nº INTA-CR.119
Señor Intendente de
Aduana Presente.-
ASUNTO : Aplicación de preferencias arancelarias establecidas en el
Cuarto Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación
Económica Nº 8, suscrito entre Perú y México REF. :
Procedimiento INTA.PE.01.12 Versión 1 ________________________________________________________________________________________________________
De conformidad con el Fax Nº 617-2000-MITINCI/VMINCI/DNINCI de fecha
01 de setiembre de 2000 de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones
Comerciales Internacionales del MITINCI, que comunica la modificación de la
fecha de aplicación de las preferencias arancelarias del Cuarto Protocolo
Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica Nº 8 como
resultado de las coordinaciones efectuadas con las autoridades mexicanas
correspondientes; y estando a la delegación de funciones conferidas en la
Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 01322 del 16.DIC.1999,
sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia
lo siguiente:
Aplíquese a partir del 28 de
febrero de 2000, las preferencias arancelarias a la importación de las
mercancías comprendidas en el Anexo I del Cuarto Protocolo Adicional al Acuerdo
de Alcance Parcial de Complementación Económica (AAP.CE.) Nº 8, suscrito entre
Perú y México (TPI 308), quedando así modificada la fecha señalada en el numeral
1 de la Circular Nº INTA-CR.117 publicada en el Diario El Peruano el 28 de
agosto de 2000.
Atentamente,
Intendencia Nacional de Técnica Aduanera
"DISTRIBUCION EXTERNA"
OBSERVACION: Circular que
comunica la modificación de la fecha de entrada en vigor
del Cuarto Protocolo Adicional al AAP.CE. N° 8 con México,
siendo a partir del 28 de febrero del 2000.
El procedimiento específico
DESPA-PE.01.12 versión 2, vigente desde el 13 de diciembre
del 2003, incorpora la aplicación del Cuarto Protocolo
Adicional al AAP.CE. N° 8, por lo que a partir de esta
fecha la circular no se encuentra vigente.
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