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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE

Callao, 16.JUN.2000


CIRCULAR N° INTA-CR. 103.

Señor:
Intendente de Aduana
Presente.-

Asunto : Atención por el SIGAD para la transmisión electrónica de los usuarios de la DUA
Referencia: Procedimiento Específico de Teledespacho - INTA.PE.00.02 (V.1)
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Tengo a bien dirigirme a Ud. a fin de comunicarle lo siguiente:

1. Dentro de los servicios que brinda ADUANAS, destinados a la facilitación del Comercio Exterior teniendo como principios rectores la simplificación y celeridad de los trámites, se ha determinado que el horario de atención del teledespacho, se efectúe las 24 (veinticuatro) horas del día, y los 7 (siete) días de la semana incluyendo sábados, domingos y feriados.

2. En el caso que la numeración de la Declaración se efectúe día inhábil, los plazos se computarán a partir del primer día hábil siguiente.

3. A efectos de la cancelación de la Declaración Unica de Aduanas, deberá tenerse en cuenta que: de lunes a viernes ADUANAS registra el tipo de cambio del día a las 20.00 horas, el cual tiene vigencia hasta las 20.00 horas del día hábil siguiente; tratándose de sábados, domingos y feriados, el tipo de cambio aplicable es el registrado el día hábil anterior.

Atentamente,

Intendente Nacional de Técnica Aduanera

 
 

 

F. Vigencia: 16.06.2000 F. Publicación: 00.00.0000 F.Derogación: 00.00.0000