Callao, 18.SET.2000
CIRCULAR Nº INTA-CR.121
Señor
INTENDENTE DE ADUANA
Presente.-
ASUNTO : Precisiones para la descripción de mercancía y
bultos reconocidos, en la diligencia de las DUAs y Ordenes de Embarque
REF. : Procedimiento "Reconocimiento Físico-Extracción
y Análisis de Muestras" INTA-PE.00.03
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Sírvase tener presente y hacer de conocimiento del
personal de la Intendencia a su cargo, las siguientes precisiones :
1. De acuerdo a lo descrito en el Rubro VI, Literal A,
Numeral 1 del procedimiento, el reconocimiento físico es la acción que
consiste en verificar si la mercancía coincide con lo declarado en los
documentos respectivos en lo que se refiere a la naturaleza, valor, cantidad,
peso, volumen y/o medida de la mercancía, en este sentido el Especialista u
Oficial de Aduanas al momento del reconocimiento verifica la conformidad de lo
declarado en los documentos con lo presentado a despacho, por el total de la
carga y no solamente por los bultos que aleatoriamente selecciona para su
verificación y que reconoce efectivamente, los cuales constituyen la muestra
representativa del total del lote.
2. El termino bultos para efectos del procedimiento
corresponde indistintamente a todas las clases de los mismos : contenedor,
cisterna, tanque, paleta, plataforma, jaula, huacal, caja, cartón, saco,
bala, bolsa, fardo, cilindro, tambor, barril, bidón, botella, bobina, rollo,
paquete, atado, plancha, lata, sobre, etc., y en el caso de carga presentada a
granel, por tuberías, etc. corresponde al total del lote, que se identifica
con la cantidad de unidades físicas que lo conforman (kilogramos, metros cúbicos,
litros, kwh).
3. Los incisos a) y b) del numeral 13, Literal A, Rubro
VII, del procedimiento, se refieren a la información que el Especialista debe
consignar en la diligencia, referente a la descripción genérica de la
mercancía y a la identificación de los bultos reconocidos (presentados a
despacho) y reconocidos efectivamente (por selección aleatoria),
respectivamente. Ejemplo: Para el caso de un despacho de 10 cajas de madera
conteniendo filtros y elementos filtrantes, de las cuales el Especialista solo
selecciona dos cajas para verificación física, la diligencia en lo referente
a los citados numerales, correspondería a : "Reconocidas aleatoriamente
02 de 12 cajas de madera conteniendo filtros y elementos filtrantes,
(indicando número, marca, etc. de las dos cajas reconocidas, de ser posible
su identificación)"
4. Para los despachos de mercancías presentadas a granel,
por tubería, etc., para cuyo reconocimiento no se realiza selección
aleatoria de bultos, corresponde consignar en la diligencia, en lo referente
al inciso b) numeral 13, Literal A, Rubro VII del procedimiento, el total del
lote presentado. Ejemplo : Para el despacho de un lote de 10 000 kg de trigo,
presentados a granel, la diligencia correspondería a : "Reconocido un
lote de 10 000 kg de trigo"
5. En los casos de despachos de productos sujetos a Análisis
Químico, el Especialista seguido de la información correspondiente a los
incisos a) y b) del numeral 13, Literal A, Rubro VII, del procedimiento
consignará la información correspondiente al inciso e) del mismo numeral.
Ejemplo : Para el caso de un despacho de 10 Cajas de cartón conteniendo
materias colorantes, de las cuales el Especialista solo selecciona dos cajas
para verificación física, la diligencia correspondería a :
"Reconocidas aleatoriamente 02 de 10 cajas de cartón conteniendo
materias colorantes, (indicando número, marca, etc. de las dos cajas
reconocidas, de ser posible su identificación), se extrajo muestra para análisis
químico"
6. La conformidad o inconformidad de la clasificación
arancelaria de los productos sujetos a Análisis Químico con levante
otorgado, se encuentra sujeta a los resultados del análisis químico con los
cuales el Especialista efectúa la regularización de la DUA u Orden de
Embarque según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en el Rubro VII,
Literal B, numerales 6 y 7 del procedimiento.
Atentamente
ORIGINAL FIRMADO POR EL INTENDENTE
NACIONAL DE TECNICA ADUANERA
MAL/NAN/ELV/JCAP
13.09.2000
Circ.Recon.Fis.
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