CIRCULAR Nº INTA-CR.148
Señor Intendente de
Aduana Presente.-
ASUNTO: Participación de los Oficiales de Aduana en el
control de salida de las mercancías de los
Terminales de Almacenamiento
REF. :
Procedimientos Aduaneros adecuados al Sistema de la Calidad ______________________________________________________________________________________
Estando a la delegación de facultades
conferida por la Resolución de Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 001322
del 16-DIC-99, sírvase tener en cuenta lo siguiente:
La responsabilidad de los Transportistas y de los Terminales de
Almacenamiento por el traslado, entrega y recepción de las mercancías, se
encuentra prevista en la Ley General de Aduana (Artículos 35º y 43º) y su
Reglamento (Artículos 39º y 51º), encontrándose registradas las mercancías
efectivamente recibidas por el almacenista en el "Documento Unico de
Información del Manifiesto" (DUIM), el mismo que es transmitido vía
electrónica a ADUANAS.
En consecuencia, a
partir de la fecha, serán retirados los Oficiales de Aduana asignados en los
Puestos de Control de ingreso y salida de mercancías de los Terminales de
Almacenamiento, sin perjuicio que continúen desarrollando las acciones
previstas en los Procedimientos Generales y Específicos del Sistema de la
Calidad de ADUANAS, así como de los controles de prevención del contrabando y
tráfico ilícito de mercancías, entre otros; asumiendo el depositario la plena
responsabilidad por los daños y pérdidas que ocurrieran durante el
almacenamiento.
Atentamente,
Original Firmado Por: MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional
de Técnica Aduanera
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