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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE

Callao, 11.JUL.2001


CIRCULAR Nº INTA-CR.035-2001

Señor
Intendente de la Aduana
Presente.-

Asunto : Modificaciones a la aplicación de la Sobretasa Adicional Arancelaria.
Referencia : Procedimiento Específico de "Aplicación de Tributos, Derechos
Antidumping y Compensatorios" INTA-PE.01.08 (Versión 1)
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Habiéndose publicado el 22.JUN.2001, los Decretos Supremos Nos. 113-2001-EF y 114-2001-EF referidos a la modificación de la aplicación de la sobretasa adicional arancelaria; en uso de las facultades conferidas por Resoluciones de Superintendencia Nacional de Aduanas Nºs. 01322 del 16.DIC.1999 y 000447 del 17.ABR.2001, sírvase tener en cuenta lo siguiente:

1. A partir del 23.06.2001, de acuerdo a lo establecido en Decreto Supremo Nº 113-2001-EF, queda derogada la sobretasa adicional arancelaria equivalente al 5% ad valorem CIF que con carácter temporal fue fijada mediante Decreto Supremo Nº 035-97-EF para la subpartida nacional 1005.90.00.10 Maíz Amarillo Duro (de acuerdo al Arancel aprobado por Decreto Supremo Nº 063-92-EF), equivalente a la subpartida nacional 1005.90.11.00 del Arancel Nacional vigente aprobado por Decreto Supremo Nº 119-97-EF.

2. A partir del 23.06.2001, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 114-2001-EF, se establece que la sobretasa adicional a que se refiere el Decreto Supremo Nº 035-97-EF, será equivalente al 5% ad valorem CIF para las siguientes subpartidas nacionales:

SUBPARTIDA NACIONAL

DESCRIPCION

1006.10.90.00

Arroz con cáscara (arroz paddy): los demás

1006.20.00.00

Arroz descascarillado (arroz cargo o pardo)

1006.30.00.00

Arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado

1006.40.00.00

Arroz partido

Lo dispuesto en la presente Circular deja sin efecto a la Circular Nº INTA-CR.134 de fecha 03.11.2000.

Atentamente,
Original Firmada por:
Ana Maria Rojas Zapana
Intendente (e) Nacional de Técnica Aduanera

"Distribución Externa"

 

 

F. Vigencia: 23.06.2001 F. Publicación: 13.07.2001 F.Derogación: 00.00.0000