| Callao, 20.JUL.2001
   CIRCULAR N° INTA-CR. 43.2001
 Señor:
 Intendente de Aduana
 Presente.-
 
 REF : Procedimiento de Despacho Simplificado de Importación - INTA-PE.01.01
 ASUNTO : Observaciones efectuadas en el llenado de las Declaraciones
  Simplificadas
 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Tengo el agrado de dirigirme a usted, a
  fin de comunicarle que de conformidad con el Memorándum N°
  140-2001-ADUANAS/INPC emitido por la Intendencia Nacional de Prevención de
  Contrabando y Control, dependencia que manifiesta a esta Intendencia Nacional
  que realizados los operativos a cargo de los oficiales de aduanas, se ha
  podido apreciar que en las declaraciones simplificadas de importación, no se
  consigna adecuadamente la descripción de la mercancía, lo que no permite una
  clara identificación de las mismas y consecuentemente la mala utilización de
  estos documentos propiciando que se utilicen para amparar diversas
  importaciones simplificadas. Como es de conocimiento general la referida
  consignación de datos, depende exclusivamente del especialista encargado del
  despacho, toda vez que de acuerdo con los procedimientos establecidos, cuando
  estas declaraciones sean presentadas por los propios importadores, es el
  servidor de ADUANAS, quien tiene a su cargo la consignación de los datos
  relativos a la mercancía, puesto que los importadores desconocen el trámite
  y el llenado correcto de los rubros del formato de la declaración señalada.
 En consecuencia, corresponde a su despacho realizar las coordinaciones
  respectivas con el personal que cumple las labores descritas, a efecto de
  contrarrestar el mal uso que pudiera hacerse respecto a las citadas
  declaraciones simplificadas.
 
 Atentamente,
 Original Firmado Por:
 ANA MARIA ROJAS ZAPANA
 Intendente (e) Nacional de Técnica Aduanera
 |