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   Callao, 05 de enero de 2001
    
  CIRCULAR Nº INTA-CR.04 
   
  Señor 
  Intendente de Aduana 
  Presente.-
  
 ASUNTO : Aplicación de preferencias arancelarias
  del Convenio de Aceleración y Profundización del Libre Comercio y su
  Instrumento de Ejecución entre Perú y Ecuador 
  REF. : Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1 
   
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  De conformidad con el Facsímil Nº
  008-2001-MITINCI/VMINCI-DNINCI del 04 de enero de 2001 de la Dirección
  Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del
  MITINCI; y estando a la delegación de funciones conferidas en las
  Resoluciones de Superintendencia Nacional de Aduanas No. 001322, 001323 del
  16.DIC.1999, y 000001 del 02.ENE.2001, sírvase tener presente y hacer de
  conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente: 
   
  1. Aplíquese a las importaciones originarias y procedentes
  del Ecuador. las preferencias arancelarias fijadas a partir del 31 de
  diciembre de 2000 en el cronograma de liberación establecido en la Decisión
  414 de la Comisión de la Comunidad Andina conforme al Convenio de Aceleración
  y Profundización del Libre Comercio y su Instrumento de Ejecución entre Perú
  y Ecuador, publicado con Decreto Supremo Nº 012-99-ITINCI. 
   
  2. En consecuencia, procede la devolución de las fianzas
  presentadas por las importaciones que hayan garantizado los derechos
  liberables en aplicación del citado cronograma de liberación. 
   
  
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