Callao, 05 de enero de 2001
CIRCULAR Nº INTA-CR.04
Señor
Intendente de Aduana
Presente.-
ASUNTO : Aplicación de preferencias arancelarias
del Convenio de Aceleración y Profundización del Libre Comercio y su
Instrumento de Ejecución entre Perú y Ecuador
REF. : Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1
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De conformidad con el Facsímil Nº
008-2001-MITINCI/VMINCI-DNINCI del 04 de enero de 2001 de la Dirección
Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del
MITINCI; y estando a la delegación de funciones conferidas en las
Resoluciones de Superintendencia Nacional de Aduanas No. 001322, 001323 del
16.DIC.1999, y 000001 del 02.ENE.2001, sírvase tener presente y hacer de
conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente:
1. Aplíquese a las importaciones originarias y procedentes
del Ecuador. las preferencias arancelarias fijadas a partir del 31 de
diciembre de 2000 en el cronograma de liberación establecido en la Decisión
414 de la Comisión de la Comunidad Andina conforme al Convenio de Aceleración
y Profundización del Libre Comercio y su Instrumento de Ejecución entre Perú
y Ecuador, publicado con Decreto Supremo Nº 012-99-ITINCI.
2. En consecuencia, procede la devolución de las fianzas
presentadas por las importaciones que hayan garantizado los derechos
liberables en aplicación del citado cronograma de liberación.
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