<-- Retroceder

CIRCULAR ANEXA

ESTADO: DEROGADO

Callao, 16 de enero de 2002

CIRCULAR Nº INTA-CR.08-2002

Señor
Intendente de Aduana
Presente.-

ASUNTO: Descripciones Mínimas de Vehículos

REF : Instructivo de Trabajo de la Declaración Unica de Aduanas - Ejemplar B
INTA-IT.00.04 Versión 1
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Que, siendo necesario ampliar los alcances de la Circular N° INTA-CR.070.2001 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el día 30 de noviembre del 2001, sobre descripciones mínimas de vehículos automotores que deben consignarse en el Ejemplar B de la DUA; y estando a la delegación de facultades conferidas por la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 001323 del 16.DIC.99 y la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000017 del 09.ENE.2002; debe precisarse lo siguiente:

1.- El importador debe tener en cuenta que en los casos que el modelo del vehículo presente versión o extensión (ejemplo : modelo Corolla versión SE, XE, LX ó DX), dicho dato debe consignarse obligatoriamente en la casilla 5.14 del ejemplar B de la DUA, a continuación del nombre del modelo.

Por ejemplo, para el "Automóvil, marca Toyota, modelo Corolla versión LX, año 1997, Chasis N° CE110-705178", la declaración en el Ejemplar B de la DUA, será de la siguiente forma:
   

5.12 Nombre Comercial 5.13 Marca 5.14 Modelo 5.15 Año
AUT AUTOMOVIL TOY TOYOTA COROLLA LX 1997


2.- Lo dispuesto en la presente Circular amplía los alcances de la Circular N° INTA-CR.070.2001
    Atentamente

    Original firmado por

    ANA MARIA ROJAS ZAPANA

    Intendente (e) Nacional de Técnica Aduanera

    Distribución externa.


     

     

    F. Vigencia: 19.01.2002 F. Publicación: 18.01.2002 F.Derogación: 00.00.0000