Callao, 16 de enero de
2002
CIRCULAR Nº
INTA-CR.08-2002
Señor Intendente de Aduana Presente.-
ASUNTO:
Descripciones Mínimas de Vehículos
REF :
Instructivo de Trabajo de la Declaración Unica de Aduanas - Ejemplar B INTA-IT.00.04 Versión 1 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Que, siendo necesario ampliar los alcances de la Circular N°
INTA-CR.070.2001 publicada en el Diario Oficial "El
Peruano" el día 30 de noviembre del 2001, sobre descripciones mínimas de
vehículos automotores que deben consignarse en el Ejemplar B de la DUA; y
estando a la delegación de facultades conferidas por la Resolución de
Superintendencia de Aduanas Nº 001323 del 16.DIC.99 y la Resolución de
Superintendencia de Aduanas Nº 000017 del 09.ENE.2002; debe precisarse lo
siguiente:
1.- El importador debe tener en
cuenta que en los casos que el modelo del vehículo presente versión o extensión
(ejemplo : modelo Corolla versión SE, XE, LX ó DX), dicho dato debe consignarse
obligatoriamente en la casilla 5.14 del ejemplar B de la DUA, a continuación del
nombre del modelo.
Por ejemplo, para el "Automóvil, marca Toyota, modelo Corolla versión LX,
año 1997, Chasis N° CE110-705178", la declaración en el Ejemplar B de la DUA, será de la siguiente
forma:
5.12 Nombre
Comercial |
5.13 Marca |
5.14 Modelo |
5.15 Año |
AUT AUTOMOVIL |
TOY TOYOTA |
COROLLA LX |
1997 |
2.- Lo
dispuesto en la presente Circular amplía los alcances de la Circular N°
INTA-CR.070.2001
Atentamente
Original firmado por
ANA MARIA ROJAS
ZAPANA
Intendente
(e) Nacional de Técnica Aduanera
Distribución
externa.
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