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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE

Callao, 07 de enero de 2002

CIRCULAR Nº INTA-CR-003-2002

Señor
Intendente de Aduana
Presente.-

ASUNTO : Aplicación del quinto tramo de desgravación del Cronograma de liberación de la Decisión 414
REF. : Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1 (numeral VI.3)
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De conformidad con el Fax Nº 001-2002-MITINCI/VMINCI/DNINCI del 03 de enero de 2002 de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del MITINCI, sobre la aplicación de las preferencias arancelarias establecidas en la Decisión 414; y estando a la delegación de funciones conferidas en la Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 0001065 de 18.OCT.99, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente:

1. Aplíquese de conformidad con el Decreto Supremo Nº 014-97-ITINCI y la Resolución Ministerial Nº 137-98-ITINCI/DM, los márgenes de preferencias correspondientes al quinto tramo de desgravación del Cronograma de Liberación establecido en la Decisión 414, a las importaciones originarias y procedentes de los Países Miembros de la Comunidad Andina.

2. En consecuencia, procede para tales importaciones la devolución de los derechos liberables en aplicación del citado quinto tramo de desgravación, que hayan sido cancelados o afianzados.

 

Atentamente,

Original firmado por
MIGUEL ARRIOLA LUYO
Intendente Nacional de Técnica Aduanera

"DISTRIBUCION EXTERNA"

 

F. Vigencia: 11.01.2002 F. Publicación: 10.01.2002 F.Derogación: 00.00.0000