| 
   Callao, 07 de enero de 2002
   CIRCULAR Nº INTA-CR-003-2002 
   
  Señor 
  Intendente de Aduana 
  Presente.- 
   
  
  ASUNTO : Aplicación del quinto tramo de desgravación del Cronograma
  de liberación de la Decisión 414 
  REF. : Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1 (numeral VI.3) 
  _________________________________________________________________________________________ 
   
  De conformidad con el Fax Nº
  001-2002-MITINCI/VMINCI/DNINCI del 03 de enero de 2002 de la Dirección
  Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del
  MITINCI, sobre la aplicación de las preferencias arancelarias establecidas en
  la Decisión 414; y estando a la delegación de funciones conferidas en la
  Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 0001065 de 18.OCT.99, sírvase
  tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo
  siguiente: 
   
  1. Aplíquese de conformidad con el Decreto Supremo Nº 014-97-ITINCI y la
  Resolución Ministerial Nº 137-98-ITINCI/DM, los márgenes de preferencias
  correspondientes al quinto tramo de desgravación del Cronograma de Liberación
  establecido en la Decisión 414, a las importaciones originarias y procedentes
  de los Países Miembros de la Comunidad Andina. 
   
  2. En consecuencia, procede para tales importaciones la devolución de los
  derechos liberables en aplicación del citado quinto tramo de desgravación,
  que hayan sido cancelados o afianzados. 
   
   
                        |