| 
   Callao, 01 de febrero de 
  2002 
CIRCULAR Nº INTA-CR- 011- 2002 
 Señor Intendente de Aduana Presente.-
  ASUNTO : Derogación de 
  DD.SS. Nº 001 y 003-2002-ITINCI que establecían la suspensión de la aplicación 
  del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano 
  Colombiano para la importación de ciertos aceites
 De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2002-PCM, publicado en 
  el Diario Oficial El Peruano el 28 de enero de 2002, que deroga los Decretos 
  Supremos Nº 001 y 003-2002-ITINCI; y estando a la delegación de funciones 
  conferidas en la Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 0001065 de 
  18.OCT.99, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa 
  Intendencia lo siguiente:
 1. Restitúyase a 
  partir del 29 de enero de 2002 la aplicación del Protocolo Modificatorio del 
  Convenio de Cooperación Aduanera Peruano Colombiano para la importación de 
  productos clasificados en las subpartidas nacionales 1507.90.00.00, 
  1512.19.00.00 y 1515.90.00.00, que fuera suspendida mediante Decretos Supremos 
  Nº 001 y 003-2002-ITINCI.
  2. Déjese sin efecto lo señalado en la Circular INTA-CR-005-2002 
  del 09 de enero de 2002.
   
   
  
  
   
  
                       |