<-- Retroceder

CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE

Callao, 25 de febrero de 2002

CIRCULAR N° INTA-CR.017.2002

Señor
Intendente de Aduana
Presente.-


Asunto : Suspensión de gravamen adicional del 5% Ad/Valorem CIF a productos originarios y procedentes de Ecuador

Ref. : Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1
_____________________________________________________________________________________________________________________

De conformidad con los Facsímiles N° 66-2002-MITINCI/VMINCI y 141-2002-MITINCI/VMINCI/DNINCI del Viceministerio y Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del MITINCI, respectivamente, que comunican la suspensión del gravamen adicional del 5% a la importación de productos procedentes y originarios de dicho país; y estando a la delegación de funciones conferidas en la Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 0001065 de 18.OCT.99, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente:

1.- Suspéndase a partir del 20 de febrero de 2002, la aplicación de la sobretasa adicional del 5% Ad/Valorem CIF, a las importaciones de ciertos productos originarios y procedentes de Ecuador, que fuera comunicada con Circular Nº INTA-CR.02.2002 del 03 de enero de 2002.

2. Asimismo, se precisa que la aplicación de la sobretasa adicional de 5% a Venezuela y Ecuador comunicada con Circulares Nº INTA-CR.074-2001 y 02.2002, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2001 y 4 de enero de 2002, respectivamente, se aplica únicamente a las importaciones que se hayan acogido a las preferencias arancelarias fijadas en la Decisión 414 y D.S. Nº 014-97-ITINCI.

 


Atentamente,

ORIGINAL FIRMADO POR
MIGUEL ARRIOLA LUYO
INTENDENTE NACIONAL DE TECNICA ADUANERA


"DISTRIBUCIÓN EXTERNA"

F. Vigencia: 20.02.2002 F. Publicación:28.02.2002 F.Derogación: 00.00.0000