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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE

Callao, 10 MAYO.2002

CIRCULAR N° INTA-CR- 35- 2002

Señor
Intendente de Aduana
Presente.-

REF : Oficios Nos. 521 y 546-2002-DG-DIGEMID
ASUNTO: Registro Sanitario
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Estando a la delegación de funciones conferidas por la Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 001322 del 16.12.99, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de la Intendencia a su cargo lo siguiente:

1.- De acuerdo con el Oficio N° 521-2002-DG-DIGEMID, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, para la importación de Instrumental y Equipo Médico quirúrgico u odontológico usado, además de requerirse del Informe Técnico emitido por la Oficina de Equipamiento del Programa Nacional de Mantenimiento y Equipos – PRONAME, se deberá presentar ante ADUANAS una Declaración Jurada en la cual el dueño o consignatario indicará que los equipos serán de uso profesional exclusivo y no para comercialización, ni donación a persona natural o jurídica alguna, ni será objeto de arrendamiento financiero, responsabilizándose del normal funcionamiento de los mismos, y que se compromete a solicitar al PRONAME la evaluación de funcionamiento respectivo una vez instalados los equipos y antes de brindar el servicio correspondiente.

2.- Por otra parte, con Oficio N° 546-2002-DG-DIGEMID, la citada entidad manifiesta que lo dispuesto por el Art. 52° de la Ley N° 26842 – Ley General de Salud, es un mandato imperativo bajo responsabilidad de cumplimiento y carácter especial, que por su misma naturaleza prevalece sobre una norma de carácter general, por lo que no se opone ni se contradice con la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; por lo tanto, para el despacho de productos farmacéuticos y galénicos se continuará exigiendo la presentación de una Declaración Jurada conteniendo la información señalada en el Procedimiento INTA-PE.00.06, Rubro VII, Numeral 6).

Atentamente,

Original Firmado por:
MIGUEL ARRIOLA LUYO
Intendente Nacional de Técnica Aduanera

Distribución Externa

MAL/AMR

 

 

F. Vigencia: 17.05.2002 F. Publicación: 16.05.2002 F.Derogación: 00.00.0000