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CIRCULAR ANEXA

ESTADO: VIGENTE
 

Callao, 02 de julio de 2002

CIRCULAR N° INTA-CR.48.2002
Señor
Intendente de Aduana
Presente.-

Asunto : Levantamiento de aplicación de gravamen adicional del 10% Ad/Valorem CIF a productos originarios de Venezuela
Ref. : Procedimiento INTA.PE.01.11 Versión 1

De conformidad con el Facsímil N° 205-2002-MITINCI/VMINCI del Vice Ministro de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del MITINCI, donde precisa la fecha del levantamiento de la sanción impuesta a ciertos productos originarios y procedentes de Venezuela; y estando a la delegación de funciones conferidas en la Resolución de Superintendencia de Aduanas N° 0001322 de 16.DIC.99, sírvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente:

1. Suspéndase a partir del 08 de mayo de 2002, la aplicación del gravamen adicional de 10% Ad-Valorem CIF para los productos clasificados en las subpartidas nacionales 7208.39.00.00, 7209.16.00.00 y 7210.49.00.00, comunicada con Circular Nº INTA-CR.39.2002 , publicada en el Diario El Peruano el 13 de junio de 2002. En consecuencia, continua desde el 08 de mayo de 2002 la aplicación de dicho gravamen para los productos comprendidos en las subpartidas nacionales 7214.20.00.00 y 8509.40.10.00.
2. Queda modificada conforme a lo expresado en el párrafo anterior, el numeral 3 de la Circular Nº INTA-CR.42.2002 , publicada en el Diario El Peruano el 22 de junio de 2002.

Atentamente,
Original firmado por
MIGUEL ARRIOLA LUYO
Intendente Nacional de Técnica Aduanera



"DISTRIBUCIÓN EXTERNA"

 

F. Vigencia: 08.05.2002 F. Publicación:001.00.0000 F.Derogación: 00.00.0000