CIRCULAR N° INTA-CR. 53 –2002
Señor
Intendente de Aduana
Presente.-
Asunto :Suspensión de la aplicación Derechos Antidumping Definitivos
Referencia : Procedimiento Específico de "Aplicación de Tributos ,
Derechos
Antidumping y Compensatorios" INTA-PE.01.08 (Versión 1 ) y
Circular N° INTA-CR .32 –2002 del 27.04.2002
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Mediante la presente se hace de
conocimiento del personal de Aduanas que con Resolución N° 037
–2002/CDS-INDECOPI publicada en el diario Oficial El Peruano el día 19 de
Julio de 2002 , la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios ha
resuelto proceder a partir de la fecha de publicación la suspensión del
cobro de derechos antidumping definitivos impuestos mediante Resolución N°017-2002/
CDS-INDECOPI, a la empresa Payless Shoesource Inc. , al haberse iniciado el
procedimiento de investigación para el exámen de los derechos antidumping
definitivos sobre las importaciones de calzado originarias de la República de
Indonesia en su calidad de nuevo exportador, por lo que mientras dure el
proceso de investigación Aduanas deberá exijir a dicha empresa la constitución
de la garantía para asegurar el pago de los derechos antidumping que
eventualmente pudieran determinarse, con efecto retroactivo desde el 19
.07.2002.
Atentamente,
Original Firmado Por:
MIGUEL ARRIOLA LUYO
Intendente Nacional de Técnica Aduanera
Distribución Interna
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