CIRCULAR Nº INTA-CR 54- 2002 01.AGO.2002
Señor Intendente de Aduana Presente.-
ASUNTO : Prórroga de la
vigencia de los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociación Nº 20, 33 y de
Complementación Económica Nº 48, suscritos con Paraguay, Uruguay y Argentina,
respectivamente
REF. : Procedimiento
INTA.PE.01.12 Versión 1
De conformidad con
los Decretos Supremos Nº 015, 016 y 017-2002-ITINCI, publicados el 11 de Julio
de 2002 en el Diario Oficial El Peruano, que prorrogan la vigencia de los
Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociación Nº 20, 33 y de Complementación
Económica Nº 48, suscritos con Paraguay, Uruguay y Argentina, respectivamente; y
estando a la delegación de funciones conferidas en la Resolución de
Superintendencia Nacional de Aduanas Nº 001065 del 18.OCT.1999, sírvase tener
presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo
siguiente:
1. A partir del 01 de julio y hasta el
31 de diciembre de 2002, quedan prorrogadas las vigencias de las preferencias
arancelarias pactadas en los Acuerdos de Alcance Parcial de Renegociación Nº 20
(TPI 120), 33 (TPI 133) y de Complementación Económica Nº 48 (TPI 348),
suscritos con Paraguay, Uruguay y Argentina,
respectivamente.
2. Asimismo, de conformidad con
el Decreto Supremo Nº 38-95-ITINCI, continúa suspendida hasta el 31 de diciembre
de 2002 la aplicación de las preferencias arancelarias establecidas en el AAP. R
Nº 33 a la importación de los productos comprendidos en las subpartidas
nacionales 0402.10.10.00, 0402.10.90.00, 0402.21.11.00, 0402.21.19.00,
0402.21.91.00, 0402.21.99.00, 0402.29.11.00, 0402.29.19.00, 1006.20.00.00 y
1006.30.00.00
3. Finalmente, hasta en tanto el
MITINCI comunique a ADUANAS la prorroga del Acuerdo de Alcance Parcial de
Complementación Económica Nº 08 y 39, suscrito con México y Brasil, se aceptará
el afianzamiento de los derechos liberables que otorga los referidos
Acuerdos.
Atentamente,
Original firmado por : MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica
Aduanera
"DISTRIBUCION
EXTERNA"
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