CIRCULAR N° INTA-CR- 58 -2002
Señor
Intendente de la Aduana
Presente.-
Asunto :Restitución de las subpartidas arancelarias del Apéndice I del D.S.
N° 055-99-EF y sus modificatorias
Referencia :Procedimiento: "Aplicación de Tributos, Derechos Antidumping
y Compensatorios " INTA –PE.01.08 (Versión 1) y Circular N°INTA-CR-041-2001
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Mediante la presente se hace de
conocimiento del personal de Aduanas, que el artículo 1° de la Ley N° 27800
publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 27.07.2002, ha
restituido las subpartidas arancelarias contenidas en el literal A) del Apéndice
I del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e
Impuesto Selectivo al Consumo aprobado con Decreto Supremo N°055-99-EF y sus
modificatorias; encontrándose exoneradas del Impuesto General a la Ventas
desde el 28.07.2002 al 31.12.2002 la importación de las subpartidas
arancelarias cuya correlación en mérito al Decreto Supremo N° 239-01-EF se
encuentra a disposición en el portal de Aduanas www.aduanet.gob.pe.
En ese sentido, se deja sin efecto la Circular N° INTA-CR.09-2002 del
26.01.2002 y se restituye en su integridad la vigencia de la Circular N°INTA-CR.041-2001
del 21.07.2001.
Atentamente,
Original Firmado Por:
MIGUEL ARRIOLA LUYO
Intendente Nacional de Técnica Aduanera
Distribución Externa
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