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                         CIRCULAR N° INTA-CR -69-2002
  Señor Intendente de Aduana Presente.-
  Asunto :
                        Aplicación 
  de gravamen adicional Ad/Valorem CIF a productos originarios y procedentes de 
  Ecuador
  Ref. : Procedimiento INTA.PE.01.11 
  Versión 1
  De conformidad con los Facsímiles N° 75, 76-2002-MINCETURI/VMCE y 
  179-2002-MINCETUR/VMCE/DNINCI, del Vice Ministro de Comercio Exterior del 
  MINCETUR, donde comunica la aplicación de un gravamen adicional para la 
  importación de ciertos productos originarios y procedentes de Ecuador conforme 
  a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina dentro del 
  Proceso Sumario 27-AI-2000 y 91-AI-2000; y estando a la delegación de 
  funciones conferidas en la Resolución de Superintendencia Ejecutiva de Aduanas 
  N° 000017-2002/SUNAT de 30-Set-2002, sírvase tener presente y hacer de 
  conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente:
  Aplíquese a partir del 30 de setiembre de 2002, un gravamen 
  adicional Ad/Valorem CIF, a las importaciones originarias y procedentes de 
  Ecuador conforme al cuadro adjunto:
  
                         
                          
  
    
    
      | 
         Subpartida 
        Nacional  | 
      
         Descripción del 
        producto  | 
      
          GRAVAMEN 
          ADICIONAL
  |  
    
      | 1604.14.10.00 | 
      Preparaciones y conservas de atún, entero 
        o en trozos, excepto picado. | 
      
         10 %  |  
    
      | 1704.10.90.00 | 
      Los demás chicles y demás gomas de mascar 
        excepto los recubiertos de azúcar | 
      
         5 %  |  
    
      | 3924.10.90.00 | 
      Las demás vajillas y demás artículos para 
        el servicio de mesa o de cocina de plástico. | 
      
         5 %  |  
    
      | 4011.20.00.00 | 
      Neumáticos nuevos de caucho de los tipos 
        utilizados en autobuses o camiones. | 
      
         5 %  |  
    
      | 4410.32.00.00 | 
      Los demás tableros de partículas y 
        tableros similares de madera, recubiertos en la superficie con papel 
        impregnado con melamina. | 
      
         5 %  |  
    
      | 4819.10.00.00 | 
      Cajas de papel o cartón 
      corrugado | 
      
         5 %  |  
    
      | 6910.90.00.00 | 
      Solo: Los demás fregaderos, lavabos, 
        pedestales, bañeras, bidés, inodoros, cisterna para inodoros, urinarios 
        y aparatos fijos similares de cerámica para usos sanitarios, excepto los 
        de porcelana | 
      
         5 %  |  
    
      | 7321.11.10.00 | 
      Cocinas de combustible gaseoso o de gas y 
        otros combustibles | 
      
         10 %  |  
    
      | 8418.21.00.00 | 
      Refrigeradores domésticos de 
        compresión | 
      
         10 
  %  |   
                         
                        
  Atentamente,
                         Original firmado por MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente 
  Nacional de Técnica Aduanera 
                        
 "DISTRIBUCION EXTERNA" 
                          
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