Callao, 26 de junio de 2,007
CIRCULAR Nº 007-2007/SUNAT/A
1. MATERIA : Interrupción
de los sistemas informáticos de la Superintendencia Nacional Adjunta de
Aduanas - SUNAT.
2. OBJETIVO : Definir
las acciones a seguir que permitan la continuidad de las operaciones de
ingreso y salida de mercancías de los terminales de almacenamiento, así como
el embarque de la carga en el Terminal Portuario del Callao.
3. BASE LEGAL
: Resolución
de Superintendencia Nº 125-2006/SUNAT
Procedimiento de Exportación
Definitiva, INTA-PG.02
Circular
Nº 001-2007/SUNAT/A
4.
NORMAS GENERALES :
4.1 La presente circular comprende los siguientes servicios
críticos que son utilizados por los terminales de almacenamiento de la
circunscripción de la Intendencias de Aduana Marítima y Aérea del Callao:
a) Envío de información de recepción de la mercancía para exportación por
parte de los terminales de almacenamiento – asignación de canal de control
(Teledespacho tipo de transacción 20 y 22).
b) Envío de la relación detallada de la carga a embarcarse con destino
al exterior (Teledespacho tipo de transacción 26, 27 y 28).
c) Retiro de mercancías de los terminales de almacenamiento para el ingreso
al país.
4.2
La presente circular es aplicable cuando suceda
uno o más de los siguientes escenarios:
1.
Pérdida de comunicación de la red interna de la SUNAT que afecte las
transmisiones electrónicas.
2.
Interrupción del servicio Web.
3.
Caída de la Base de Datos de las Intendencias de Aduana Marítima o Aérea
del Callao.
4. Falla en las
aplicaciones informáticas.
5. Problemas
en la transmisión y procesamiento del Teledespacho generalizado.
6.
Problemas
por falta de fluido eléctrico.
4.3
Los terminales de almacenamiento deben comunicar a los Departamentos de
Soporte Informático de la Intendencia de Aduana Marítima o Aérea del Callao
según corresponda la siguiente información: nombre
del personal de contacto del terminal de almacenamiento, teléfono fijo, teléfono
móvil y correo electrónico, a fin de mantener actualizado el Directorio
Terminales de Almacenamiento (ver Anexo).
5.
INSTRUCCIONES :
5.1 ACCIONES
INICIALES
5.1.1
El
terminal de almacenamiento ante un incidente se comunicará a los teléfonos o
correo electrónico que se publican en el Portal SUNAT opción Operatividad
Aduanera.
5.1.2 El personal
de los Departamentos de Soporte Informático
de la Intendencia de
Aduana Marítima o Aérea del Callao comunicará la falla (por teléfono fijo
o móvil o correo electrónico) a la Jefatura de la División de Atención a
Usuarios.
5.1.3
La
División de
Atención a Usuarios de la INSI evaluará la causa de la falla en conjunto con
el personal de la División de Operaciones y definirán el tipo de escenario o
situación a la cual corresponde, para luego derivarlo al Área de INSI
competente para solucionar el problema.
5.1.4
La
INSI en un tiempo máximo de treinta (30) minutos contados desde que toma
conocimiento del incidente, debe diagnosticar y determinar el tiempo estimado
en el cual los servicios informáticos se encontrarán operativos o indicar
que no ha culminado el diagnóstico y por consiguiente debe proceder con las
acciones de contingencia, lo cual debe ser informado por la
Jefatura de la División de Atención a Usuarios, vía correo
electrónico o telefónica, a las
Jefaturas del Departamento de Soporte Informático de la Intendencia de Aduana
Aérea o Marítima del Callao, según corresponda.
5.1.5 Una vez que INSI
comunique el diagnóstico o culmine los treinta (30) minutos desde que los
Departamentos de Soporte Informático de la Intendencia de Aduana Aérea o Marítima
del Callao haya comunicado el incidente a INSI, se aplicará los
procedimientos de contingencia que se indican en el numeral 5.2 “Acciones de
contingencia para la continuidad del servicio”.
5.1.6
El personal del Departamento de Soporte Informático de la Intendencia
de Aduana Aérea o Marítima del Callao comunicará por correo electrónico al
personal de contacto de los terminales de almacenamiento, la interrupción del
servicio; el tiempo estimado en el cual el servicio nuevamente estará activo
y de corresponder, la aplicación de las acciones de contingencia. Así también,
el personal del Departamento de Soporte Informático de la Intendencia de
Aduana Aérea o Marítima del Callao comunicará a las unidades
organizacionales involucradas de dichas dependencias.
5.1.7 Si
el tiempo estimado para que los servicios informáticos se encuentren
operativos es mayor a ciento veinte (120) minutos la División de Atención a
Usuarios procederá a publicar un comunicado en el Portal de la SUNAT para dar
a conocer a los Operadores de Comercio Exterior que el servicio informático,
se encuentra en mantenimiento.
5.2 ACCIONES DE CONTINGENCIA PARA LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO
Envío de información de recepción de la mercancía
para exportación por parte de los terminales de almacenamiento - asignación
de canal de control (Teledespacho tipo de transacción 20 y 22)
5.2.1
En
caso que no se encuentre operativo el Teledespacho Web, los terminales de
almacenamiento enviarán sus envíos a través del Teledespacho vía mailware.
5.2.2
En caso no se encuentren operativos el Teledespacho Web ni el mailware,
se procederá como sigue:
-
El agente de aduana presenta la DUA con datos provisionales, en formato
impreso debidamente numerada por el sistema de la SUNAT a la División de
Exportación de la Intendencia de Aduana Aérea o Marítima del Callao, en el
horario normal del trabajo u oficial de aduanas fuera del horario normal de
trabajo, sábados o domingos y feriados.
-
Si
el SIGAD se encuentra operativo, el especialista de aduanas u oficial de
aduanas asignará el canal de control de la DUA utilizando el módulo de
exportación definitiva, previa verificación del sello de recepción de la
carga del terminal de almacenamiento.
- Si el SIGAD no se encuentra operativo, el especialista de
aduanas u oficial de aduanas asigna manualmente el canal de control de la DUA
numerada, llevando un registro manual a efectos de actualizar
posteriormente los sistemas informáticos.
Envío de la relación detallada de la carga a embarcarse con
destino al exterior (Teledespacho tipo de transacción 26, 27 y 28) – vía
Marítima.
5.2.3
En
caso que no se encuentre operativo el Teledespacho Web, los terminales de
almacenamiento enviarán sus envíos a través del Teledespacho vía mailware.
5.2.4
En caso no se encuentren operativos el Teledespacho Web ni el mailware,
se procederá como sigue:
- El personal del terminal de almacenamiento presenta la relación
detallada de la carga a embarcarse con destino al exterior en formato impreso
al oficial de aduanas de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, en la
oficina de Aduanas en el Terminal Portuario del Callao - TPC.
- El supervisor de turno del servicio de guardia autoriza la
numeración de la relación detallada. Luego comunica vía correo electrónico
al supervisor de turno en el TPC, de la Intendencia de Prevención del
Contrabando y Control Fronterizo, quedando una copia de la relación detallada
en la Oficina de Guardia a disposición de la citada intendencia.
Retiro de mercancías de los terminales de almacenamiento para el
ingreso al país.
5.2.5 Durante
el horario normal de trabajo, las Jefaturas de las unidades organizacionales
de la Intendencia de Aduana Aérea o Marítima del Callao generan el reporte
de las DUAs numeradas en el día, con indicación de las DUAs que tienen
“levante autorizado” del Módulo Utilitarios del SIGAD y lo remiten por
correo electrónico al personal de contacto de los terminales de
almacenamiento de su circunscripción.
5.2.6
Fuera del horario normal de trabajo, sábados, domingos y feriados, el
Departamento de Soporte Informático de la Intendencia de Aduana Aérea del
Callao o Marítima del Callao, según corresponda, generan
el reporte de las DUAs numeradas en el día, con
indicación de las DUAs que tienen “levante autorizado” del Módulo
Utilitarios y lo remite por correo electrónico al personal de contacto de los
terminales de almacenamiento de su circunscripción.
5.2.7
El reporte a que se refieren los numerales precedentes deberá contener
la siguiente información:
-
Número de DUA
-
Fecha de levante
- Fecha de
cancelación de la DUA
-
Número de la L/C u Orden de Depósito cancelada o afianzada, en caso
de corresponder.
5.2.8 Los
terminales de almacenamiento en base al reporte recibido permitirán el retiro
de la mercancía de sus recintos.
5.3
ACCIONES PARA EL RETORNO DEL SERVICIO INFORMÁTICO
5.3.1
Una
vez solucionado el problema, el Departamento de Soporte Informático de la
Intendencia de Aduana Aérea o Marítima del Callao, según corresponda,
comunicará por correo electrónico al personal de contacto de
los terminales de almacenamiento que el sistema informático se encuentra
operativo.
5.3.2
La
División de Atención a Usuarios procederá a publicar en el Portal de la
SUNAT que el servicio afectado ya se encuentra operativo.
5.3.3
Los terminales de almacenamiento de la circunscripción de la
Intendencia de Aduana Marítima del Callao deberán regularizar los envíos y
remitir electrónicamente la relación detallada de la carga a embarcarse con
destino al exterior.
5.3.4
Los terminales de
almacenamiento de las circunscripción de las Intendencias de Aduana Marítima
y Aérea del Callao deberán regularizar el registro de la información de la
mercancía retirada según el procedimiento de contingencia, para ello
consignarán la fecha y hora del retiro de la mercancía en el Portal
SUNAT.
5.3.5
En el caso de la asignación manual del canal de control de la
DUA de Exportación, la División de Exportación solicitará su actualización
en el SIGAD mediante las Solicitudes de Atención a Usuarios.
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO C. PAZ SOLDAN OBLITAS
Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e)
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Anexo
DIRECTORIO DE TERMINALES DE ALMACENAMIENTO
Terminal
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Persona
de contacto
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Teléfono
fijo
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Teléfono
Móvil
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e-mail
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