B.3
Conservación y entrega de documentos
La Empresa tiene la
obligación de conservar la declaración y
documentación original de los despachos
aduaneros de los envíos postales,
conforme a lo previsto en el presente
procedimiento.
La conservación y entrega de la
declaración y documentación a la que se
refiere el párrafo anterior, se regula
por lo dispuesto en el literal E.2 de la
sección VII del procedimiento general
“Autorización y Acreditación de
Operadores de Comercio Exterior”,
INTA-PG.24.” |