SECCION VII LITERAL B1) EXPORTACION A
TRAVES DE TERCEROS (COMISIONISTAS)
"Cuando los productores -
exportadores soliciten acogerse al procedimiento
simplificado de restitución de derechos arancelarios Ad
valorem deben consignar en la columna "Nº
Serie" del Anexo 3 la serie solicitada con
beneficio. Previamente el intermediario comercial a
través del Despachador de Aduana debe cumplir con lo
señalado en la Sección VII Literal A numeral 1 del
INTA-PG.07".
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