ADMISIÓN TEMPORAL PARA REEXPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO GENERAL

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Asunto: Aprueban versión 5- INTA-PG.04-Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado
Nº Resolución: 062-2010 F. Vigencia: 22.02.2010 Ilo y Paita, 08.03.2010 Chimbote, Mollendo, Pisco y Salaverry, 30.09.2010 para Arequipa, Chiclayo, Cusco, Iquitos, Postal Callao, Pucallpa, Puerto Maldonado, Puno, Tacna, Tarapoto, Tumbes, Agencia Aduanera la Tina, Marítima Callao y Aérea Callao
F. Publicación: 06.02.2010 F. Derogación: 
                              
Versiones Anteriores :
INTA-PG.04-V4
Versión Actual:
Resolución: RSNAA-062-2010 
Procedimiento: INTA-PG-04-V5-2010
    
 
Observaciones :

Artículo 2º.- Déjese sin efecto el Procedimiento General de “Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado” INTA-PG.04 (versión 04) aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 000153-2009/SUNAT/A, publicado el 22.3.2009.

 

Artículo 3º La presente resolución entrará en vigencia conforme a lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Supremo N.° 10-2009-EF, modificado por el Decreto Supremo N.° 319-2009-EF, a excepción de las notificaciones remitidas  por medios electrónicos que entrarán en vigencia el  4.10.2010.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

 

Única.- Para las declaraciones numeradas antes que se encuentre vigente la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo N.° 1053, conforme a lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto Supremo N.° 10-2009-EF, modificado por el Decreto Supremo N.° 319-2009-EF, les serán aplicables las siguientes disposiciones:

-          Las diligencias de las declaraciones se registrarán en el formato físico y en el SIGAD.

-          Las declaraciones tramitadas bajo modalidad de despacho anticipado con descarga al local del importador se les aplicará el procedimiento de sistema anticipado de despacho aduanero vigente a la fecha de numeración.

-          En la regularización de los despachos anticipados y urgentes se observará lo descrito en los procedimientos vigentes a la fecha de numeración de la declaración y el plazo de la regularización se computará en días hábiles.

 

Responsable/Procedimiento:  Fanny Delgado
Responsable/Control Electrónico:  A. Jaime Guzmán S. Fecha y Hora:04.10.2010 03.29.10 pm