| Observaciones : | 
                              
								 
								Artículo 
								2°.- 
								Modifíquese el procedimiento “Resoluciones 
								Liberatorias” INTA-PE.01.09 (Versión 2), 
								aprobado por Resolución de Superintendencia 
								Nacional Adjunta de Aduanas N° 000540-2003/SUNAT/A 
								publicada el 07 de diciembre del 2003; dejándose 
								sin efecto lo correspondiente a la importación 
								de vehículos para uso oficial de las Misiones 
								Diplomáticas, Oficinas Consulares, 
								Representaciones y Oficinas de los Organismos 
								Internacionales, y de los funcionarios y 
								personal extranjero de dichas entidades. 
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