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Asunto:
Aprueban el Procedimiento
Específico "Aplicación De Preferencias Al Amparo Del
Acuerdo Comercial Entre Perú Y Colombia, Por Una
Parte, Y La Unión Europea Y Sus Estados Miembros,
Por OtraVigente INTA-PE.01.31 (Versión 1)
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Nº Resolución:
006-2017 |
F. Vigencia: 01.05.2017 |
F. Publicación: 30.04.2017 |
F. Derogación: |
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NUMERAL
Artículo 1. Modificación del
procedimiento específico “Aplicación de Preferencias al
amparo del Acuerdo Comercial entre Perú y Colombia, por
una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros,
por otra” INTA-PE.01.31 (versión 1) Modifícase el
numeral 3 y los datos requeridos para la casilla 7.26
del numeral 22 de la sección VII del procedimiento
específico “Aplicación de Preferencias al amparo del
Acuerdo Comercial entre Perú y Colombia, por una parte,
y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra”
INTA-PE.01.31 (versión 1), aprobado mediante Resolución
de Intendencia Nacional N.° 003-2013-SUNAT/3A0000, en
los siguientes términos
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TEXTO ANTERIOR
3.. La prueba de origen debe ser debidamente
diligenciada en cualquiera de las siguientes lenguas:
alemán, búlgaro, checo, danés, eslovaco, esloveno,
español, estonio, finés, francés, griego, húngaro,
inglés, italiano, letón, lituano, maltés, neerlandés,
polaco, portugués, rumano o sueco. La autoridad aduanera
puede solicitar una traducción del documento sobre el
cual ha sido emitida la prueba de origen.
22. En el formato A de la declaración aduanera de
mercancías, el despachador de aduana debe consignar
además de otros datos requeridos para una importación
para el consumo, lo siguiente:
(...)
-Casilla 7.26: País de Origen:
AT (Austria), BE (Bélgica), BG (Bulgaria), CY (Chipre),
CZ (República Checa), DE (Alemania), DK (Dinamarca), EE
(Estonia), ES (España), FI (Finlandia), FR (Francia), GB
(Reino Unido), GR (Grecia), HU (Hungría), IE (Irlanda),
IT (Italia), LT (Lituania), LU (Luxemburgo), LV
(Letonia), MT (Malta), NL (Países Bajos), PL (Polonia),
PT (Portugal), RO (Rumania), SE (Suecia), SI (Eslovenia)
ó SK (Eslovaquia).
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TEXTO ACTUAL
3.La prueba de origen debe ser debidamente diligenciada
en cualquiera de las siguientes lenguas: alemán,
búlgaro, checo, croata, danés,
eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés,
griego, húngaro, inglés, italiano, letón, lituano,
maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano o sueco.
La autoridad aduanera puede solicitar una traducción del
documento sobre el cual ha sido emitida la prueba de
origen.
22.En el formato A de la declaración
aduanera de mercancías, el despachador de aduana debe
consignar además de otros datos requeridos para una
importación para el consumo, lo siguiente:
(…)
- Casilla 7.26: País de Origen: AT (Austria), BE
(Bélgica), BG (Bulgaria), CY (Chipre), CZ (República
Checa), DE (Alemania), DK (Dinamarca), EE (Estonia), ES
(España), FI (Finlandia), FR (Francia), GB (Reino
Unido), GR (Grecia), HR (Croacia), HU
(Hungría), IE (Irlanda), IT (Italia), LT (Lituania), LU
(Luxemburgo), LV (Letonia), MT (Malta), NL (Países
Bajos), PL (Polonia), PT (Portugal), RO (Rumania), SE
(Suecia), SI (Eslovenia) ó SK (Eslovaquia). |
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Responsable/Procedimiento: |
Nidya Zevallos |
Responsable/Control Electrónico: |
Maria Antonieta Villar |
Fecha y Hora: 02.05.2017 |
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