IMPORTACION PARA EL CONSUMO
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CONTROL DE CAMBIOS - INSTRUCTIVO INTA-IT.01.11

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Asunto: Modifican Circulares y Resoluciones de Superintendencia Adjunta de Aduanas que establecen descripciones minimas de diversas mercancías
Nº Resolución: .17 / 2014/ SUNAT/5C0000 F. Vigencia: 12.01.2015
F. Publicación: 13.12.2014 F. Derogación: 
        
   NUMERAL

Sustitúyase el campo “4. Ancho y uso de la tela” de la casilla 5.19 “Características” del rubro 3 TELAS de la Sección VI DESCRIPCIÓN E INSTRUCCIONES del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones mínimas de materias textiles y sus manufacturas:

   TEXTO ANTERIOR

4. Ancho y uso de la tela.
Se indica el ancho promedio en metros (m.) y el uso de la tela.

   TEXTO ACTUAL

4. Ancho, uso de la tela y título del hilado.
Se indica el ancho promedio en metros (m.), el uso de la tela y el título de los hilados de la tela con su respectiva unidad

                      
   NUMERAL

Sustituir el primer párrafo del numeral 4 PRENDAS DE VESTIR Y CONFECCIONES de la Sección VI DESCRIPCIÓN E INSTRUCCIONES del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones mínimas de materias textiles y sus manufacturas:

   TEXTO ANTERIOR
Las descripciones mínimas de las prendas de vestir y confecciones son de aplicación obligatoria para las siguientes partidas del sistema armonizado:
6101, 6102, 6103, 6104, 6105, 6106, 6107, 6108, 6109, 6110, 6111, 6112, 6113, 6114, 6115, 6116, 6117, 6201, 6202, 6203, 6204, 6205, 6206, 6207, 6208, 6209, 6210, 6211, 6212, 6213, 6214, 6215, 6216, 6217, 6301, 6302, 6303, 6304, 6305, 6306, 6307 y 6308.
   TEXTO ACTUAL

4. PRENDAS DE VESTIR Y CONFECCIONES

Las descripciones mínimas de las prendas de vestir y confecciones son de aplicación obligatoria para las siguientes partidas del sistema armonizado:
61.01, 61.02, 61.03, 61.04, 61.05, 61.06, 61.07, 61.08, 61.09, 61.10, 61.11, 61.12, 61.13, 61.14, 61.15, 61.16, 61.17, 62.01, 62.02, 62.03, 62.04, 62.05, 62.06, 62.07, 62.08, 62.09, 62.10, 62.11, 62.12, 62.13, 62.14, 62.15, 62.16, 62.17, 63.01, 63.02, 63.03, 63.04, 63.05, 63.06, 63.07, 63.08, y la subpartida nacional 9404.90.00.00 solo si se ha declarado como nombre comercial según la Tabla N° 12, los códigos EDR (edredón) y CJN (cojín).

 

   NUMERAL

Incorporar los numerales 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 en la casilla 5.19 “Características” del rubro 4 PRENDAS DE VESTIR Y CONFECCIONES de la Sección VI DESCRIPCIÓN E INSTRUCCIONES del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones mínimas de materias textiles y sus manufacturas, con los textos que se señalan a continuación:

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL

5. Construcción de las prendas de vestir - Parte superior
Cuando se trate de alguna de las subpartidas indicadas en la Tabla N°34 se indica el código de la construcción según las Tablas N° 13 hasta la 19, para prendas de vestir parte superior y las demás confecciones que cubran todo el cuerpo. Por ejemplo: tipo de cuello, tipo de manga, etc. (ejemplo: cuello V, manga corta, etc.). Si se trata de “otros”, solo para las tablas Nº 13, 15 y Nº 19, se declara su descripción.
6. Construcción de las prendas de vestir - Parte inferior
Cuando se trate de alguna de las subpartidas indicadas en la Tabla N°35 se indica el código de la construcción según las Tablas N° 20 a la 25, para prendas de vestir parte inferior. Por ejemplo: tipo de cintura, tipo de largo de prenda, etc. Si se trata de “otros”, solo para las Tablas Nº 20, 21, y 23 se declara su descripción.
7. Construcción de otras confecciones
Aplicable a las mercancías comprendidas en las partidas 6301, 6302, 6303, 6304, 6305, 6306 y SNP 9404.90.00.00. Se indica el código de la construcción según las Tablas N° 26 hasta la 29, para otras confecciones. Por ejemplo: sábana, edredón, toalla, etc. Si se trata de “otros”, solo para las tablas Nº 28 y 29, se declara su descripción.
8. Aplicaciones de las prendas de vestir y demás confecciones
Se indica el código de las aplicaciones según la Tabla N° 30. Por ejemplo: lentejuelas, bordados, ring stone, etc. Si se trata de “otros”, se declara su descripción.
9. Complementos de las prendas de vestir y demás confecciones
Se indica el código de los complementos según la Tabla N° 31. Por ejemplo: botones, broches, etc. Si se trata de “otros”, se declara su descripción.
10. Presentaciones de ropa de cama
Aplicable a las mercancías comprendidas en las subpartidas asociadas a la 6302.10 hasta 6302.39. Para el caso de presentaciones declarar en plazas, juegos o set cuando se trate de ropa de cama según las Tablas N° 32 y 33. Por ejemplo: 1 plaza, 2 plazas, 1 plaza y media. Cuando se trata de “otros”, solo para la tabla Nº 32, se declara su descripción.
11. Número de piezas de prendas de vestir
Si ha declarado en la casilla "nombre comercial" el código CJN de la Tabla Nº 12, se indica en este campo el número de piezas del CJN así como el número de piezas de la parte superior.
Se declara el código correspondiente de los catálogos de la tabla Nº 12 para las partes superior e inferior hasta un máximo de seis prendas de la parte superior y seis de la parte inferior.
Se declara las características para la primera prenda superior (según las tablas Nº 13 a la 19) e inferior (según las tablas N° 20 a la 25). Si se trata de “otros”, se declara su descripción.
12. Peso unitario
Se indica el peso unitario de la prenda expresada en gramos.

 

   NUMERAL

Incorporar en el Anexo 01 “TABLAS DE CODIFICACIÓN” de la Sección VII ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones mínimas de materias textiles y sus manufacturas, las Tablas que se señalan a continuación y que figuran en el Anexo 14-A de la presente Resolución y que se encuentran publicadas en el Portal de la SUNAT

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL

-Tabla N° 12 “Nombre comercial de las prendas de vestir y otras confecciones”

-Tabla N° 13 “Construcción de prendas de vestir: Tipo de manga”

-Tabla N° 14 “Construcción de prendas de vestir: Tipo de cuello”

-Tabla N° 15 “Construcción de prendas de vestir: parte externa delantera, posterior o costados”

-Tabla N° 16 “Construcción de prendas de vestir: parte interna”

-Tabla N° 17 “Construcción de prendas de vestir: largo de prenda”

-Tabla N° 18 “Construcción de prendas de vestir: Bolsillos (parte superior)”

-Tabla N° 19 “Construcción de prendas de vestir: Cintura (parte superior)”

-Tabla N° 20 “Construcción de prendas de vestir: Bolsillos (parte inferior)”

-Tabla N° 21 “Construcción de prendas de vestir: Cintura (parte inferior)”

-Tabla N° 22 “Construcción de prendas de vestir: largo de la prenda”

-Tabla N° 23 “Construcción de prendas de vestir: Peto”

-Tabla N° 24 “Construcción de prendas de vestir: pie de prenda”

-Tabla N° 25 “Construcción de prendas de vestir: abertura de prenda”

-Tabla N° 26 “Construcción, otras confecciones: caras”

-Tabla N° 27 “Construcción, otras confecciones: elástico”

-Tabla N° 28 “Construcción, otras confecciones: forma”

-Tabla N° 29 “Construcción, otras confecciones: relleno de almohada/cojín/ edredón”

-Tabla N° 30 “Aplicaciones de las prendas de vestir y demás confecciones

-Tabla N° 31 “Complementos de las prendas de vestir y demás confecciones”

-Tabla N° 32 “Presentaciones de ropa de cama según tamaño”

-Tabla N° 33 “Presentaciones de ropa de cama según contenido”

-Tabla N° 34 “Subpartidas que deben transmitir la construcción de las prendas de vestir-Parte Superior”

-Tabla N° 35 “Subpartidas que deben transmitir la construcción de las prendas de vestir-Parte Inferior”.

- Ver Anexo de la Resolución

 

   NUMERAL

Incorporar el numeral 4.1 en la parte final del rubro 4 PRENDAS DE VESTIR del Anexo 02 CONCEPTOS GENERALES de la Sección VII ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones mínimas de materias textiles y sus manufacturas:

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL

4.1. Conjunto: Se entiende por conjunto un surtido de prendas de vestir que comprenda varias prendas confeccionadas con una misma tela, acondicionado para la venta al por menor y compuesto por:
a. Una sola prenda que cubra la parte superior del cuerpo, excepto el «pullover» que puede constituir una segunda prenda exterior solamente en el caso de los «twinset» o un chaleco que puede constituir una segunda prenda en los demás casos.
b. Una o dos prendas diferentes que cubran la parte inferior del cuerpo y que consistan en un pantalón largo, un pantalón con peto, un pantalón corto (calzón), un «short» (excepto de baño), una falda o una falda pantalón.

Todos los componentes del conjunto deben tener la misma estructura, estilo, color y composición; además, deben ser de tallas correspondientes o compatibles. El término conjunto no comprende los conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte ni los monos (overoles) y conjuntos de esquí.

 

   NUMERAL

Sustituir el numeral “5. ROPA DE CAMA, MESA, TOCADOR O COCINA (Partida 63.02) del Anexo 02 CONCEPTOS GENERALES de la Sección VII ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones mínimas de materias textiles y sus manufacturas, con el siguiente texto: “5. LOS DEMÁS ARTÍCULOS TEXTILES CONFECCIONADOS”, cuyo contenido se encuentra contenido en el Anexo 14-B de la presente Resolución y que se encuentra publicada en el Portal de la SUNAT.

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL

Ver Anexo de la Resolución

 

   NUMERAL

Sustituir el Anexo 03 TERMINOLOGÍA TEXTIL de la Sección VII ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.11 que aprueba las descripciones mínimas de materias textiles y sus manufacturas, por el texto contenido en el Anexo 03 TERMINOLOGÍA TEXTIL que obra en el Anexo 14-C de la presente Resolución y que se encuentra publicada en el Portal de la SUNAT.

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL

Ver Anexo de la Resolución

 

   NUMERAL

Incorporar en la Tabla N° 01 “Nombre de la mercancía”, Tabla N° 02 “Composición del material o material externo de la mercancía”, Tabla N° 03 “Color de la mercancía”, Tabla N° 04 “Acabados”, Tabla N° 05 “Aplicación o uso” y Tabla N° 06 “Presentación de la mercancía”, todas del Anexo 01 “TABLAS” de la Sección VI ANEXOS del Instructivo de Trabajo INTA-IT.01.18 que aprueba las descripciones mínimas de útiles de escritorio y escolares, colas y adhesivos, cintas plásticas, correctores y otras manufacturas, los códigos correspondientes a las descripciones contenidas en las Tablas N° 01, 02, 03, 04, 05 y 06 que figuran en el Anexo 13 de la presente Resolución y que se encuentran publicadas en el Portal de la SUNAT.

   TEXTO ANTERIOR
 
   TEXTO ACTUAL

Ver Anexo a la Resolución

Archivo Adjunto (Sólo para cambio de versión) :
Archivo Adjunto Actual:
Resolución: RIN-17-2014/SUNAT/5C0000  -  ANEXO
Procedimiento: 
 
Observaciones :

De acuerdo al Artículo 48° de la Resolución N° 17-2014/SUNAT/5C0000, estás modificaciones serán de aplicación a partir del 12 de enero del 2015 para las Declaraciones Aduaneras de Mercancías que se tramiten en las Intendencias de Aduana y regímenes aduaneros que se señalan ...... (ver Resolución).

Responsable/Procedimiento:       Luis Arroyo Omonte
Responsable/Control Electrónico:   Fecha y Hora: 16.12.2014    12.11 p.m